Por unanimidad de votos en una sesión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) fue hallado responsable indirecto de haber difundido propaganda del gobierno durante la veda establecida para el proceso de revocación de mandato en 2022.
De acuerdo con la resolución de la Sala Superior del TEPJF, el mandatario federal incurrió en este acto debido a que no impidió que dos funcionarios hablaran de programas gubernamentales en una de sus conferencias matutinas.
Los hechos ocurrieron en la “mañanera” del 7 de abril de 2022. Aquel día, Víctor Manuel Villalobos Arámbula —titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural— y Octavio Romero Oropeza —director general de Petróleos Mexicanos (Pemex)— hablaron sobre el avance en las acciones para la producción y entrega de fertilizantes.
Concretamente, se refirieron a la repartición gratuita de 352 mil toneladas de fertilizantes para más de 700 mil beneficiarios en nueve entidades, así como a los programas de rehabilitación de plantas productoras con una inversión de 300 millones de dólares.
Ante tales declaraciones, el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentaron una denuncia formal en contra de Villalobos Arámbula y Romero Oropeza, pues consideraron que sus referencias al programa federal atentaban contra el principio de neutralidad durante el proceso de la consulta de revocación de mandato, que inició en febrero de 2022.
Los documentos oficiales del Instituto Nacional Electoral (INE) establecieron en ese entonces que “durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación [10 de abril de 2022] deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno”.
En una primera sentencia, la Sala Regional Especializada del TEPJF resolvió que los titulares de Agricultura y Pemex, así como la concesionaria del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, “cometieron la infracción denunciada”, pero la Sala Superior ordenó ahondar en la investigación para que se evaluara la posible responsabilidad del presidente López Obrador.
Ante tal instrucción, la Sala Regional había determinado que AMLO no habría cometido ninguna infracción, pero reiteró la responsabilidad del Sistema Público de Radiodifusión en el incumplimiento a las normativas. No obstante, tanto la concesionaria como el PRD impugnaron esta sentencia.
Fue así que, durante una sesión pública presencial el 10 de mayo de 2023, encabezada por el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, el pleno de la Sala Superior del TEPJF revocó la resolución previa de la Sala Regional e hizo un llamado a López Obrador a “no difundir propaganda gubernamental y a mantener una postura neutral en las próximas elecciones”.
Aparentemente, el titular del Ejecutivo Federal sabía de qué iban a hablar Villalobos Arámbula y Romero Oropeza en la “mañanera” y, pese a la veda impuesta por el INE, lo permitió.
“Se determinó que tuvo conocimiento previo de que el tema de los fertilizantes sería abordado en la conferencia matutina y estuvo en posibilidad de asegurar que no se difundiera propaganda gubernamental, sin haberlo hecho”, quedó asentado en un documento con el que el TEPJF dio a conocer la sentencia.