Infonavit: cómo solicitar el seguro por incapacidad

En caso de padecer alguna enfermedad que le impida al derechohabiente trabajar podrá solicitar la cancelación de su deuda

Guardar

Nuevo

Infonavit dio a conocer cómo tramitar el seguro por incapacidad
Foto: Getty Images
Infonavit dio a conocer cómo tramitar el seguro por incapacidad Foto: Getty Images

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer el proceso para solicitar un seguro por incapacidad, ya sea permanente o parcial. A través de redes sociales mencionaron que en caso de que un derechohabiente cuente con alguna de esas incapacidades, el instituto se encargará de proteger su patrimonio.

En caso de padecer algún tipo de incapacidad total permanente que le impida al usuario desempeñar cualquier tipo de trabajo se podrá solicitar la condonación de la deuda, para ello será necesario lo siguiente:

- Reunir la siguiente documentación: identificación oficial vigente con fotografía, dictamen con carácter definitivo de incapacidad total que contenga la fecha de inicio del padecimiento, dicho trámite deberá ser emitido por el IMSS, ISSSTE o Profedet.

En cualquiera de esos casos se podrá solicitar el seguro
(Foto: Infonavit/Twitter)
En cualquiera de esos casos se podrá solicitar el seguro (Foto: Infonavit/Twitter)

- Llamar a Infonatel para solicitar la liberación del adeudo y posteriormente la cancelación de la hipoteca en cuestión.

- Por último, se otorgará una respuesta a la solicitud en un plazo de 60 días posteriores a la fecha en la que fue ingresada.

Mientras que en caso de padecer alguna incapacidad parcial permanente del 50% o más, el Infonavit mencionó que apoyará al derechohabiente con una prórroga de hasta 2 años, periodo en el que no se tendrá que pagar ni se generarán intereses, para ello será necesario lo siguiente:

- Reunir la siguiente documentación: identificación oficial vigente con fotografía, dictamen con carácter definitivo de incapacidad parcial permanente del 50% o más que incluya la fecha de inicio del padecimiento y deberá ser emitida por el: IMSS, ISSSTE O Profedet.

En caso de tener una incapacidad permanente se podrá solicitar que se cancele la deuda 
(Foto: Pixabay)
En caso de tener una incapacidad permanente se podrá solicitar que se cancele la deuda (Foto: Pixabay)

- Llamar a Infonatel para solicitar una prórroga especial de 2 años.

- A dicho trámite se le otorgará una respuesta en un plazo de 60 días posteriores a la fecha en la que fue ingresada.

- Por último, si al término de los 2 años de la prórroga no se ha vuelto a tener una relación laboral y se cumple con los requisitos legales establecidos, se podría solicitar la liberación del adeudo.

Un tercer caso en el que la institución apoya a los derechohabientes es en caso de fallecimiento, pues provee un seguro para que los beneficiarios puedan solicitar la liberación de la deuda, para ellos será necesario seguir este procedimiento:

- Llamar a Infonatel y solicitar un número de caso, para ello se tendrán que tener a la mano los siguientes documentos: identificación oficial vigente con fotografía, acta de defunción del acreditado, identificación oficial y acta de nacimiento del solicitante. En caso de que el acreditado falleciera en el extranjero, el acta de defunción deberá estar apostillada.

También se puede solicitar que se cancele la deuda en caso de que el derechohabiente fallezca 
Foto: Facebook/Infonavit
También se puede solicitar que se cancele la deuda en caso de que el derechohabiente fallezca Foto: Facebook/Infonavit

- Con el número de caso y el de seguridad social del acreditado se tendrá que ingresar al siguiente link para poder adjuntar los documentos anteriormente mencionados escaneados. Haga clic aquí.

- Una vez adjuntados se deberá llamar nuevamente a Infonatel y solicitar una cita.

- El día de la cita el usuario se tendrá que presentar en el área de cobranza del Centro de Servicio Infonavit que le corresponda y presentar el número de caso, el Número de Seguridad Social (NSS) del acreditado y los documentos subidos al portal, en original y copia para su cortejo.

Cabe aclarar que las prórrogas son plazos de gracia a los que tienen derecho los trabajadores que perdieron su relación laboral, es decir, que han dejado de percibir ingresos salariales. Dicho plazo dependerá de la fecha de otorgamiento, el cual podría ser de entre 12 o 24 meses:

- Créditos otorgados antes del 1 de julio de 1997: Aplica por 12 meses consecutivos, sin cálculo de intereses.

- Créditos otorgados a partir del 1 de julio de 1997: Aplica hasta por 12 meses, con cálculo y capitalización mensual de intereses.

Guardar

Nuevo