Qué es el Instituto Nacional de Migración, el órgano criticado por la crisis en Ciudad Juárez

Actualmente a cargo de Francisco Garduño, el INM enfrenta una encrucijada debido a la tragedia migrante ocurrida en la estación de Ciudad Juárez, Chihuahua

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Al momento de la creación del INM el gobierno federal ya contaba con la labor de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar). EFE/Madla Hartz
Al momento de la creación del INM el gobierno federal ya contaba con la labor de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar). EFE/Madla Hartz

La tragedia migrante en Ciudad Juárez, Chihuahua, despertó un cúmulo de preguntas en torno a la labor que tiene en la política migratoria y en el control de los flujos el Instituto Nacional de Migración (INM), así como sus facultades y condiciones bajo las cuales las ejerce en estaciones migratorias, así como en los distintos puntos de entrada en todo el país, tanto en la frontera norte como en el sur.

Actualmente bajo el cargo de Francisco Garduño Yáñez, el INM se ha fortalecido a través de los años y se le dotó del apoyo de otras dependencias del Estado para cumplir con su objetivo de cumplir con la política migratoria, así como de reglas para la operación de sus distintas instalaciones en el país.

Previo a su creación, fue la Dirección General de Servicios Migratorios, que hasta 1993 atendió lo relativo a la materia migratoria mediante la planeación, ejecución y evaluación de los servicios migratorios que prestó el gobierno federal.

Francisco Garduño es actualmente el titular del Instituto Nacional de Migración. EFE/ José Méndez
Francisco Garduño es actualmente el titular del Instituto Nacional de Migración. EFE/ José Méndez

En 1993, antes de que entrara en vigor el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) e incluso antes del del levantamiento del Ejército Zapatista de LIberación Nacional (EZLN), el gobierno del entonces presidente Carlos Salinas de Gortari detectó que los movimientos migratorios sería uno de los “desafíos más importantes de nuestro tiempo”, con lo que mediante un decreto estableció la creación del Instituto Nacional de Migración.

Motivado por la crisis económica e inestabilidad política que se vivió en América Latina y ante la aparición de flujos migratorios, consideró que era necesario construir un nuevo órgano que tuviera facultades para reforzar el control en las fronteras del país, al ser considerado, en ese entonces, un país de tránsito para migrantes centroamericanos, asiáticos y otras nacionalidades.

De esta forma, el expresidente Salinas de Gortari decretó la creación del instituto el 19 de octubre de 1993 como un órgano técnico desconcentrado, colocándolo como dependiente -hasta ahora- de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Ya para ese entonces la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) se encontraba instalada, mediante un decreto publicado en julio de 1980, bajo el objetivo de dar atención a refugiados y asilados que llegaron al país.

El INM se creó por decreto del expresidente Carlos Salinas de Gortari en el año de 1993 . REUTERS/Jose Luis Gonzalez
El INM se creó por decreto del expresidente Carlos Salinas de Gortari en el año de 1993 . REUTERS/Jose Luis Gonzalez

Entre sus atribuciones, el INM tuvo el objetivo inicial de ejercer facultades que van desde la determinación de la legal estancia y salida de personas extranjeras en el país, así como la expedición de certificados de matrimonio, divorcio o nulidad, y hasta la operación y control de documentos de índole migratorio.

En ese momento, dentro de su estructura interna se dio ya al Instituto Nacional de Migración la posibilidad de contar con un Consejo y de un Comisionado, que sería el encargado de materializar la política migratoria mediante la dirección y administración del nuevo órgano.

Desde entonces la migración se ha vuelto un fenómeno esencial para el gobierno de México. En 2011 se expidió la Ley General de Migración, para la cual se retiran atribuciones a normas de la Ley General de Población, que rigió la materia migrante durante los primeros años del INM.

Y es en esta ley en la que se acotaron las atribuciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores en materia migratoria, dándole atribuciones exclusivas para promover instrumentos internacionales, bilaterales, la expedición de visas.

La tragedia migrante en Ciudad Juárez ha puesto peso sobre los hombros del INM, que cumple 30 años de su creación en este 2023. (Photo by HERIKA MARTINEZ / AFP)
La tragedia migrante en Ciudad Juárez ha puesto peso sobre los hombros del INM, que cumple 30 años de su creación en este 2023. (Photo by HERIKA MARTINEZ / AFP)

También se establecieron cuáles son las autoridades auxiliares para temas migratorios, así como la delimitación de sus facultades en la materia. Como las secretarias de Salud, Turismo, la Fiscalía General de la República, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y el Instituto Nacional de las Mujeres.

¿Qué dice la ley sobre las estaciones migratorias?

Pero fue hasta el año 2012 cuando se emitieron las reglas para el funcionamiento de las Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales del INM, cuando se colocó como punto central el “respeto irrestricto de los derechos humanos de las personas extranjeras”, sin que para ello importe su origen, nacionalidad, género, etnia, edad y estatus migratorio.

Este reglamento se consideraron horarios para aseo de las instalaciones, el servicio de desayuno y cenas, así como normativas para la custodia, seguridad y vigilancia de las personas extranjeras alojadas en las instalaciones.

Es en este rubro que se establecieron los procedimientos en caso de “resistencia organizada de los alojados, motín, agresión al personal o disturbios” que pongan en riesgo la integridad de las personas, en donde se precisa que la autoridad migratoria “tomar{a las medida necesarias” para el resguardo y protección de las personas, incluyendo la solicitud de apoyo a las fuerzas de seguridad pública y otras autoridades competentes.

Al detectarse a una persona que incurra en faltas que pongan en riesgo el orden y la seguridad de la Estación Migratoria o la Estancia Provisional, se procederá en primera instancia a realizar una amonestación verbal.

En caso de que la conducta haya representa la comisión de algún delito, se notificará por escrito del inicio de un procedimiento contra la persona migrante, se elaborará una acta administrativa y se le dará información sobre la resolución.

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