En la sesión del 28 de marzo en la Cámara de Diputados, Guillermo Huerta Ling, del Partido Acción Nacional (PAN), presentó ante el pleno una iniciativa de reforma para establecer las condiciones específicas en las que deberían operar las Fuerzas Armadas (FFAA) durante los procesos electorales.
Concretamente, el proyecto de decreto del legislador panista pretende reformar el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual contempla que las instituciones de seguridad pública federales, estatales y municipales —o, en su caso, las Fuerzas Armadas— deben “prestar el auxilio que les requieran los Organismos Públicos Locales y los presidentes de las mesas directivas de casilla” con el fin de garantizar el pleno desarrollo de las jornadas electorales.
El texto vigente no especifica las condiciones en las cuales las corporaciones deberían participar en caso de ser requeridas durante los comicios y tampoco contempla la responsabilidad de las mismas de informar, detalladamente, sobre sus actividades.
Al exponer su iniciativa, el diputado Huerta Ling reconoció la necesidad del despliegue de los cuerpos de seguridad del Estado en el territorio, pues recordó que algunas secciones electorales “que van a ser parte del próximo proceso” han caído en un “control parcial y hasta control total por grupos criminales”.
No obstante, afirmó que dichas instituciones deberían operar bajo la coordinación de las autoridades electorales, de manera que se evite un “uso discrecional” de las Fuerzas Armadas que exceda sus atribuciones originales.
Bajo esta narrativa, el proyecto agregó algunos párrafos al artículo referido para detallar que la intervención de las Fuerzas Armadas o la Guardia Nacional podría ocurrir “sólo en caso de perturbación grave en el desarrollo de la jornada electoral o de cualquier otro evento que ponga en grave peligro o conflicto la integridad de los funcionarios, electores, actores políticos, representantes de partidos o de cualquier otro participante del proceso electoral”.
Para hacer efectiva la participación de dichas corporaciones, la iniciativa planteó que se tendrá que hacer una solicitud formal a través de la autoridad electoral más inmediata que tenga conocimiento de la contingencia y, en caso de que exista algún delito, se deberá informar al Ministerio Público.
“Una vez atendida la contingencia, la corporación respondiente entregará un reporte [no se especificó a qué autoridad] respecto de la atención que fue otorgada, si se dio vista al Ministerio Público, el número de elementos desplegados y el supuesto en el que se basó la gravedad”, puede leerse en el texto del proyecto.
De manera que exista una mayor coordinación entre las autoridades electorales y las fuerzas de seguridad pública, el diputado panista incluyó en su planteamiento que:
“Previo a la jornada electoral, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Secretaría de Marina (Semar) y la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSPC) deberán enviar un informe al Consejo General del Instituto [Nacional Electoral, INE] o en su caso de los Organismos Públicos Locales que correspondan, respecto al número de elementos de las Fuerzas Armadas y/o Guardia Nacional que serán desplegados en la jornada electoral”.
Finalmente, la iniciativa acotó que todos los operativos y acciones de las FFAA y la GN durante los procesos electorales deberán apegarse al “pleno respeto a los derechos humanos” y no deberán “generar interferencias indebidas e injustificadas en los procesos de campaña y comiciales”.
La iniciativa fue presentada y turnada a comisiones en diciembre de 2022. Ahora que fue expuesta en el pleno de la Cámara de Diputados, se espera que se lleve a cabo su discusión, con miras a continuar con el debido procedimiento legislativo para, finalmente, hacerla efectiva. No obstante, se desconoce cuánto podría demorar el período de debate.