La batalla legal en torno al segundo paquete de reformas que conforman el Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador ahora involucra también a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ante la admisión de controversias promovidas por el Instituto Nacional Electoral (INE) y la suspensión que otorgó para la aplicación de algunas de las normas.
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) cuestionó la suspensión que el ministro Javier Laynez Potisek otorgó al Instituto Nacional Electoral en contra del segundo paquete de reformas, y advirtió que promoverá una impugnación en contra de esta medida que calificó como una “arbitrariedad” para que la medida cautelar sea revertida.
Se trata del decreto por el que se reformaron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la expedición de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.
En un comunicado, la Consejería Jurídica advirtió que el ministro suspendió la aplicación de la totalidad del decreto aun cuando el INE no lo solicitó de esa forma, pues su controversia constitucional fue solo en contra de algunas de las normas.
De acuerdo con la Presidencia, el ministro de la Suprema Corte tomó decisiones “inusuales” al admitir a trámite la demanda del órgano electoral, pues, en primera instancia, indicó, la Constitución no permite la admisión de una controversia constitucional.
A ello, sumó el que la determinación se dio a conocer el viernes por la noche y sin que se haya notificado a las autoridades. Por lo que cuestionó el proceder del ministro Laynez Potisek por el desconocimiento evidenciado ante las reglas de procedimiento ante las controversias constitucionales.
“La Constitución sólo faculta a la SCJN para conocer de las controversias donde se cuestione la regularidad constitucional de las normas generales, actos u omisiones con excepción de las que se refieran a la materia electoral; esto es, existe una restricción constitucional expresa para que no se discutan las reglas electorales entre los órganos del Estado, pues no es función del árbitro electoral cuestionar las normas jurídicas que el Poder Legislativo tuvo a bien expedir”, indicó la Consejería.
La Presidencia descartó que con el Plan B electoral se pongan en riesgo los derechos fundamentales de la ciudadanía ni la organización de las elecciones, pues el siguiente proceso electoral a realizarse será el de 2024, cuando se renueve la Presidencia de la República, el Congreso de la Unión y las gubernaturas en ocho estados.
Dado que no se le notificó a la Presidencia sobre el otorgamiento de la suspensión, hizo un llamado para que los ministros de la Suprema Corte actúen dentro de las atribuciones que le corresponden sin pasar por encima de las leyes y la misma Constitución.
El balón está ahora del lado de la Suprema Corte, que deberá definir el futuro del Plan B electoral de cara a las elecciones de 2024. Mientras tanto, las reformas electorales publicadas en el Diario Oficial de la Federación en diciembre de 2022 y a principios de marzo han sido suspendidas en tanto se resuelvan los asuntos.
El primer paquete de reformas conformado por la Ley de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades delos Servidores Públicos fue suspendido para su aplicación en las elecciones de este año en el Estado de México y Coahuila por el ministro Alberto Pérez Dayán.
Anteriormente, la Consejería Jurídica también cuestionó el proceder del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que declaró inconstitucional el artículo 17 transitorio de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, que ordena la destitución de Edmundo Jacobo Molina como secretario general del INE.
En ese momento, la Consejería criticó al Tribunal Electoral por invadir facultades que son exclusivas de la Corte, como es el declarar la inconstitucionalidad de un artículo.