Trabajadores de la Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) —que perdieron su trabajo con la entrada en vigor del llamado “Plan B” de la reforma electoral— obtuvieron un amparo con el que podrán conservar su empleo.
Más de 30 empleados del órgano electoral, tras una serie de apelaciones al paquete de reformas promovido por Andrés Manuel López Obrador, lograron una suspensión provisional de los nuevos cambios a la ley en materia electoral.
“Por encontrarse reunidos los requisitos que alude el artículo 128 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional para el efecto de que no se materialicen los efectos del acto reclamado, esto es, para que se mantengan las cosas en el estado en el que se encontraban antes de la emisión del decreto combatido”, se lee en la resolución.
Esto quiere decir que las y los quejosos continuarán en los cargos que ostentaban dentro del INE. “En la inteligencia de que la concesión de la medida únicamente incide en su permanencia en el cargo, no así, en cuando a la manera en que deberán llevar a cabo sus atribuciones, ya que para ello deben apegarse al marco legal vigente”, resolvió un juez.
La decisión fue celebrada en redes sociales por personajes opositores al oficialismo, así como por el consejero Ciro Murayama Rendón, quien está próximo a dejar su cargo en unas semanas.
Por su parte, con este ya suman varios reveces al “Plan B”. El más reciente fue la invalidación del artículo 17 transitorio del paquete de reformas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con el que se obligaba a Edmundo Jacobo Molina a dejar su cargo como Secretario Ejecutivo del INE.
El pasado miércoles 22 de marzo, en la Sala Superior del TEPJF la magistrada Janine Otálora presentó un proyecto en el que planteó la invalidación de dicho artículo al considerarlo inconstitucional por entrometerse en la autonomía de la autoridad administrativa nacional.
Y es que, de acuerdo con la magistrada, el INE goza de autonomía constitucional con el fin de evitar que agentes externos se entrometan en los asuntos electorales y, con esto, no poner en riesgo su operación. De acuerdo con la ley, el Instituto Nacional Electoral es un único facultado para nombrar a su secretario Ejecutivo, el cual solo puede ser removido por juicio político, destacó.
“No advierto que la autoridad electoral recienta un perjuicio en su esfera jurídica ni que se obstaculicen las funciones que constitucionalmente tienen encomendadas, pues pueden nombrar a quienes ellos deciden”, destacó la juzgadora.
La propuesta de Otálora fue aprobada con tres votos a favor y tres en contra, pero contando con el voto de calidad del magistrado presidente Reyes Mondragón, con lo que fue invalidado el artículo 17 del proyecto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y que expide la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
En tanto, el pasado 18 de marzo un juez federal concedió otra suspensión provisional al Plan B a favor de una empleada del INE, quien también fue despedida con la entrada en vigor.
Dicha suspensión fue otorgada a Raquel Mondragón Correa, quien era jefa de Departamento de Programación y Proyectos de Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales; área que fue eliminada con la nueva reforma electoral.
Asimismo, desde la publicación de las reformas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 2 de marzo, se han interpuestos cientos de amparos y controversias de inconstitucionalidad.