El presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Alejandro Armenta Mier, expresó su rechazó a la restitución temporal del Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo.
Y es que, el 09 de marzo, se dio a conocer la resolución obtenida desde el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en donde se concedió una suspensión provisional al artículo 17 transitorio del “Plan B” electoral.
Al respecto, el también militante de Morena, Armenta Mier, tildó de “vergonzosa” la media concedida de manera unánime en el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
“Me da verguenza que el poder judicial se ponga de rodillas hay que recordar que este sujeto fue el que se mofó de la comunidad indigena de nuestro país”, aseveró durante su conferencia de prensa.
Lo expresado por el senador de la bancada guinda fue en referencia a una llamada filtrada en 2015 entre el aún consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova y el Secretario Ejecutivo.
En ella, Córdova Vianello, se mofó de manera racista de representantes de los pueblos indígenas, quienes en ese entonces se encontraban solicitando la creación de la circunscripción sexta para que pudieran postular candidatos.
La plática, realizada en abril de hace 8 años y divulgada en YouTube, despertó indignación en la población por la forma en el consejero presidente del INE se expresó de Líderes Indígenas con quienes mantuvo una reunión momentos antes de realizar la llamada.
En la conversación se escucha a dos personas al teléfono una de ellas es Lorenzo Córdova, y la otra el secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo. Cabe precisar que el secretario no agregó mucho diálogo.
Tras este parentesis y bajo este contexto, Alejandro Armenta reiteró su desacuerdo en que Edmundo Jacobo vuelva al organismo electoral.
“No tiene porque mantenerlo de por vida el pueblo de México, es una vergüenza que un sujeto que se burla todavía se ampare, y es una vergüenza que el juez que le otorgó también sea cómplice”, atajó el morenista.
La vuelta al Plan B
Cabe añadir que uno de los argumentos que permitió la “victoria” del funcionario del INE sobre el Plan B fue que no existía ningún motivo para cesar en funciones, ya que había sido designado para el periodo febrero de 2020 a febrero de 2026, como según se explicó posteriormente.
La medida en contra del Artículo 17 transitorio es temporal, y podría ser impugnada, sin embargo es un punto en favor del INE, puesto que el organismo empredió medidas legales en favor de Edmundo Jacobo para evitar su destitución.
Y es que para la institución encargada de vigilar los procesos electorales, la salida del funcionario —que ha laborado en el organismo desde hace más de una década— incurrió en medidas violatorias a la autonomía del INE.
“La autoridad refrenda su compromiso con el cumplimiento de la Ley; sin embargo, este Decreto es inconstitucional al invadir competencias de la autoridad electoral y contravenir derechos amparados por la Constitución”, pronunció en un comunicado de prensa.
El retorno de Edmundo Jacobo a sus funciones forma parte de la “batalla” emprendida desde el Instituto Nacional Electoral frente a la serie de modificaciones que entraron en vigor el pasado 2 de marzo, día en el que el Plan B fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).