Luego de que se aprobó en el Congreso la reforma de vacaciones dignas a finales de 2022, ahora senadoras del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) plantearon este miércoles incrementar el aguinaldo de trabajadores en el país.
Actualmente, esta prestación laboral consta de un mínimo de 15 días de salario del trabajador, por lo que se reformaría el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para aumentarlo a 30 días.
“Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 30 días de salario, por lo menos”
En su iniciativa, las senadoras Gabriela Benavides Cobos, Alejandra Lagunes Soto Ruíz y María Graciela Gaitán Diaz indicaron que el aguinaldo es un derecho que no ha sufrido ningún cambio desde 1975, pese al encarecimiento de los productos, el cambio de estilo de vida de la sociedad y la variación de la moneda nacional ante otras divisas.
“Colombia, Ecuador, Bolivia, Costa Rica, Perú, Argentina, Guatemala, China, son tan solo algunas de las naciones que establecen el aguinaldo en un valor equivalente a por lo menos 30 días de salario o bien a la doceava parte de la remuneración percibida durante un año laboral”
Argumentaron que el duplicar el aguinaldo permitirá la fluidez de la economía nacional, ya que debe recordarse que la fecha en que se ejecuta este derecho laboral se da durante meses en el que las familias mexicanas mayor consumen, haciendo gastos necesarios y complementarios para satisfacer sus necesidades.
Además, expusieron que esta reforma contribuirá a la política financiera para hacer frente a las desigualdades salariales que desde inicio del año en curso se han aplicado al incremento salarial del 20 por ciento por parte del Ejecutivo Federal.
De acuerdo con las promotoras, en México se trabajan 2 mil 137 horas promedio al año, casi el doble del promedio estimado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), convirtiéndose nuestro país en uno de los que más tiempo se labora a nivel mundial.
Reforma a la LFT sobre el derecho humano a la salud mental en el trabajo
Cabe mencionar que el Senado de la República aprobó el pasado 14 de febrero la iniciativa de reforma a la LFT en sus artículos 3 y 25 relacionados con la Salud Mental en el Trabajo. La minuta fue enviada a la Cámara de Diputados para su discusión.
La reforma tiene como objetivo que los lugares de trabajo garanticen condiciones de salud mental y establezcan protocolos para la prevención y erradicación de las violencias, incluida la verbal y la psicológica.
En la exposición de motivos, se establece que hay una prevalencia de la ansiedad en México, la cual pasó del 15% de la población antes de la pandemia al 50% después de las primeras olas de la Covid-19, el mayor incremento entre todos los países de la organización y el nivel más alto observado.
Y por otro lado en México, el ausentismo laboral relacionado a padecimientos psicológicos representa una pérdida de 23.8% en la productividad de los empleados, de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Además, detalló que se calcula que para el siguiente año aumentará, de 11 a 15%, el gasto destinado a la atención de discapacidades laborales psicosociales. La falta de atención a los factores de riesgo psicosocial en el mundo del trabajo le cuesta al aparato productivo nacional cerca de 16,000 millones de pesos anuales.
En nuestro país, uno de los avances más recientes en esta materia se dio el 23 de octubre de 2018 con la publicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención.
Es importante resaltar que los empleadores o patrones deberán actualizar las condiciones generales de trabajo y emitir el Programa Integral para la Promoción y Protección del Derecho Humano a la Salud Mental en el Trabajo en un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
En tanto que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación con la Secretaría de Salud, deberán emitir los Lineamientos para la Protección y promoción de la Salud Mental en el Trabajo, a que se refiere el artículo 25, fracción XI de esta Ley, en un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.