La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, sí incurrió en la difusión de propaganda gubernamental durante el proceso de Revocación de mandato celebrado en 2022, aplicado al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
Así lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada hace algunos meses, tras una denuncia presentada por el PRD.
La denuncia se originó luego de que la mandataria capitalina tuvo una intervención en la conferencia mañanera de López Obrador el 10 de marzo de 2022 en donde habló de los avances en el proyecto de mejoramiento en el Bosque de Chapultepec, lo que fue tomado como propaganda gubernamental en medio de un proceso organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE), lo cual es violatorio a la ley.
Asimismo, la Sala Regional Especializada multó en aquel entonces a diversas concesionarias de radio y televisión, como al Sistema Michoacano de Radio y Televisión, al Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión y Cinematografía, al Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, la Estación de Televisión XEIPN y al Canal Once del Distrito Federal.
Sin embargo, las instituciones denunciadas impugnaron la medida, pues argumentaron que la sala que dictaminó “no fundó ni motivó su resolución, que su análisis no cumplió con el parámetro de exhaustividad y que indebida la valoración de los elementos”, se lee en la información revelada por el TEPJF.
Por su parte, la jefa de Gobierno —en ese mismo sentido— argumentó que los mensajes que pronunció en aquella conferencia con relación a acciones y avances del proyecto en Chapultepec no son meritorios de una infracción, pues no se pueden calificar como propaganda gubernamental, sino meramente de corte informativo.
Fue así que el caso llegó hasta la Sala Superior del TEPJF, la cual resolvió que, en efecto, la sentencia inicial es aplicable. Durante una sesión pública presencial —a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez— se determinó que la Sala Especializada tiene la razón.
“Las manifestaciones denunciadas no están relacionadas con un contenido informativo vinculado con aspectos educativos, sino son la difusión de propaganda gubernamental, ya que presentan una acción de gobierno a través de la exposición del proyecto del Bosque de Chapultepec”, determinó por unanimidad la Sala.
“En estricto sentido, la difusión del proyecto del Bosque de Chapultepec se realizó con la pretensión de resaltar logros de gobierno”
De acuerdo con dicho órgano jurisdiccional, la intención de Claudia Sheinbaum al presentar dicha información era generar aceptación o simpatía por parte de la ciudadanía hacia el gobierno federal en medio del proceso de revocación de mandato, “lo cual es contradictorio a la prohibición constitucional de transmitir este tipo de propaganda durante dicho proceso”, se lee en la resolución.
Asimismo, la Sala Superior consideró que las declaraciones de Sheinbaum Pardo tampoco caben dentro de los tópicos que gozan de excepción en dichos procesos, los cuales son en temas de salud, educación o protección que civil (que sí pueden ser tratados en medio de estos procedimientos), así como otras temáticas que tengan como finalidad la presentación de información de carácter “impostergable” para la ciudadanía.
Por otra parte, hace unos días el Tribunal Electoral también resolvió que Claudia Sheinbaum “vulneró los principios constitucionales de imparcialidad y equidad en la contienda de la gubernatura de Tamaulipas”, luego de que fue parte del cierre de campaña del candidato de Morena (quien ganó), Américo Villarreal.
De este modo, por unanimidad de votos, la Sala Superior volvió a dar la razón a la Sala Regional Especializada que emitió inicialmente la sentencia en contra de la mandataria tras una denuncia presentada por el Partido Acción Nacional (PAN).