La Fiscalía General de la República (FGR) informó que apelará la decisión e investigará al juez federal de no abrir un proceso penal en contra Ramón Sosamontes, ex colaborador de Rosario Robles, por la acusación de la Estafa Maestra, luego de considerar que no había elementos suficientes para acusarlo por el delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
En un comunicado, la FGR detalló que “dará vista al Consejo de la Judicatura Federal, para los aspectos administrativos que correspondan; también apelará el auto de referencia; e iniciará de inmediato una Carpeta de Investigación, con base en el artículo 225 del Código Penal Federal, respecto a delitos cometidos contra la administración de justicia por servidores públicos”.
La impugnación de la Fiscalía a cargo de Alejandro Gertz Manero se da luego de que el juez de control Gustavo Aquiles Villaseñor exoneró de responsabilidad penal al ex colaborador de Rosario Robles, respecto de contratos ilegales suscritos por él en representación de la entonces Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) con Radio y Televisión de Hidalgo “RTH”.
La Estafa Maestra fue un reportaje periodístico que reveló un esquema mediante el que diferentes dependencias federales desviaron más de 5 mil millones de pesos a través de convenios con universidades públicas y empresas fantasmas.
Sosamnotes fue un colaborador cercano de Rosario Robles durante su gestión como titular de la SEDESOL en el sexenio de Enrique Peña Nieto (2012-2018). La exsecretaria fue arrestada por este caso en el 2019, y luego de tres años sin un juicio, un juez le concedió llevar su proceso penal en libertad a partir del 2022.
En tanto, la FGR aclaró que durante la audiencia el Ministerio Público de la Federación le señaló al juez que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sí le era aplicable al investigado en el procedimiento de contratación de servicios, “ya que Radio y Televisión de Hidalgo “RTH” no tenía la capacidad técnica, material y humana para que fuera ella misma la que prestara el servicio, en virtud de que subcontrató con 17 personas físicas y morales en un porcentaje del 94.6% del importe del contrato original, lo que la obligaba a someterse a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”.
Por ello, la Fiscalía citó el artículo 1 de dicho ordenamiento que señala que “los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley”.
No obstante, señala la Ley, ”dichos actos quedarán sujetos a este ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización”.
Además, la FGR informó que le comunicó al juez la preocupación de la Institución respecto de su indebida interpretación de Ley de Adquisiciones, que impide el esclarecimiento de los hechos denunciados, misma que era contraria a las múltiples determinaciones emitidas por sus homólogos en casos similares en donde sí se vinculó a proceso a los imputados.
“A todo ello, no hubo una respuesta fundada y motivada del juez, de conformidad con el criterio de esta Representación Social, manifestando únicamente al término de la audiencia, que ojalá y pronto la superioridad y los Magistrados de Circuito emitieran criterios orientadores que le dieran luz para determinaciones futuras”, señala el comunicado de la Fiscalía.