
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una condena contra la empresa dueña de un centro comercial y su aseguradora, tras un accidente sufrido por una mujer de 75 años en un shopping de la Ciudad de Buenos Aires. La Sala H del tribunal ratificó la obligación de pagar una indemnización de $9.500.000 más intereses y costas a la reclamante, quien sufrió lesiones físicas y psicológicas en un accidente en una escalera mecánica.
El hecho se remonta a julio de 2021, cuando la demandante resultó herida tras un incidente provocado por un carrito de supermercado manipulado por otra persona dentro del centro comercial. Según consta en la sentencia, el carrito impactó contra la mujer, causándole heridas cortantes en ambas piernas y otras secuelas que motivaron su demanda por daños y perjuicios.
PUBLICIDAD
En la demanda, la reclamante relató que el accidente ocurrió cuando descendía por una escalera mecánica que conecta el tercer y segundo piso del centro comercial. Según su declaración, en ese momento recibió un fuerte golpe en la espalda que la hizo caer hasta el final de la escalera, provocándole diversas lesiones, principalmente en ambas piernas. El golpe, de acuerdo con lo expuesto en su presentación, fue ocasionado por un carro de supermercado lleno de mercadería, que era manipulado por otra persona varios escalones más arriba.

De acuerdo con su versión, el carro, correspondiente a un local del supermercado ubicado en el mismo establecimiento, se deslizó fuera de control por la escalera mecánica debido a la acción de quienes lo manejaban. El impacto resultó intempestivo y generó heridas que motivaron la intervención de quienes se encontraban cerca, quienes debieron retirar el carro de encima de su cuerpo.
PUBLICIDAD
De acuerdo con el fallo de primera instancia, la responsabilidad del centro comercial se fundamentó en el deber de seguridad que la ley impone a los proveedores de servicios, especialmente en el marco de una relación de consumo. El juzgado consideró que la demandante, en calidad de consumidora, tenía derecho a recibir protección frente a cualquier daño derivado de la actividad comercial.
El juez de primera instancia argumentó que la responsabilidad del centro comercial era objetiva, lo que significa que no bastaba con demostrar que el accidente ocurrió, sino que la empresa debía probar que el hecho resultó ajeno a su esfera de control para eximirse de responsabilidad. En este caso, se determinó que el incidente ocurrió dentro del ámbito del establecimiento, por lo que la obligación de seguridad recaía sobre la empresa.
PUBLICIDAD

La sentencia de primera instancia dispuso la condena tanto para la empresa propietaria del centro comercial como para la persona que manipulaba el carrito de supermercado en el momento del accidente. Además, la resolución alcanzó a la aseguradora, que fue obligada a responder dentro de los límites de la cobertura estipulada en la póliza y conforme a la normativa vigente. El monto total otorgado a la reclamante comprendió conceptos por daño físico, daño psicológico, consecuencias no patrimoniales y gastos médicos, rubros que fueron motivo de impugnación por parte de los condenados y su aseguradora durante el proceso de apelación.
La aseguradora y la empresa demandada apelaron la decisión, alegando principalmente que los montos fijados resultaban elevados y que la valoración de la prueba pericial, tanto médica como psicológica, no se ajustaba a la realidad del caso. Cuestionaron especialmente la magnitud de la incapacidad reconocida y la relación causal entre el accidente y las secuelas alegadas.
PUBLICIDAD
En su intervención, la Cámara analizó los argumentos esgrimidos por la defensa y concluyó que no se presentó una crítica concreta ni razonada sobre los puntos centrales de la sentencia apelada. Los jueces destacaron que el recurso de apelación debe señalar con claridad los errores que se atribuyen al fallo y fundamentar cada uno de ellos, lo que no ocurrió en este caso.

El tribunal remarcó que la relación de consumo es un elemento decisivo para la aplicación del derecho del consumidor, y que abarca todas las situaciones en las que una persona resulta protegida, tanto antes como durante y después de contratar. En esta línea, reiteró el deber de seguridad que pesa sobre los proveedores y la carga probatoria que les corresponde en estos supuestos.
PUBLICIDAD
Respecto de los daños reconocidos, la Cámara confirmó la existencia de secuelas físicas y psicológicas debidamente probadas por los informes periciales, que incluyeron cicatrices visibles en ambas piernas y una incapacidad parcial y permanente del 25,63% en el plano físico, y del 15% en el aspecto psicológico. Se valoró que las lesiones afectaron distintas facetas de la vida de la reclamante, incluyendo su desenvolvimiento social y su bienestar emocional.
El fallo de Cámara también abordó la discusión sobre el carácter autónomo del daño estético, explicando que, en la mayoría de los casos, este concepto se integra en la incapacidad sobreviniente o en el daño moral, según su incidencia en la vida laboral o afectiva de la persona.
PUBLICIDAD

En cuanto al monto de la indemnización por gastos médicos, la Cámara consideró adecuado el valor fijado por el juzgado de primera instancia, con base en la presunción de que quien sufre lesiones debe incurrir en gastos extraordinarios, incluso si recibió atención en hospitales públicos o a través de una obra social.
Uno de los puntos más debatidos se centró en la aplicación de los intereses sobre el capital indemnizatorio. La parte actora solicitó que se aplicara una tasa activa con capitalización mensual para preservar el valor real de la indemnización frente a la inflación. Por su parte, la demandada pidió la reducción de la tasa de interés, planteando que la fijada por el juzgado resultaba excesiva.
PUBLICIDAD
La Cámara optó por modificar el criterio de la primera instancia. Según la nueva resolución, se estableció que sobre la suma de condena se aplicará un interés puro del 8% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia de grado, y a partir de entonces, la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones a 30 días.

El tribunal explicó que estos parámetros buscan evitar el enriquecimiento indebido de alguna de las partes y mantener el carácter resarcitorio de la indemnización, conforme a la doctrina reciente del máximo tribunal nacional.
PUBLICIDAD
La resolución también incluyó precisiones sobre los límites de la cobertura aseguradora, aclarando que, si bien la póliza tenía un tope de $10.000.000, los intereses y las costas del proceso debían ser cubiertos por la aseguradora aun cuando excedieran ese monto, en virtud del principio de indemnidad.
Por último, la Cámara impuso las costas del proceso de alzada a la parte demandada y a su aseguradora, en virtud del principio objetivo de la derrota.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
La Justicia dejó firme la prisión perpetua para la mujer que golpeó, asfixió y enterró a su bebé en un descampado de Ostende
La Corte Suprema rechazó por inadmisible el último recurso de la defensa de Claudia Alejandra Ayala. Ella está condenada por el homicidio de su hijo Benjamín, cometido en octubre de 2015

Fútbol para Todos: la Justicia rechazó un plan de pagos propuesto por la AFA para después del Mundial y ordenó ejecutar el seguro de caución
El TOF 1 intimó varias veces a Claudio Tapia a devolver 2 millones de dólares que tenia bajo custodia. El dinero había sido hallado en cajas de seguridad ligadas a Futbolistas Agremiados

Filtraciones, rotura de pisos y rajaduras: dos arquitectas y un constructor fueron condenados por fallas en una casa a estrenar
Lo que debía ser una vivienda nueva terminó convertido en una sucesión de problemas de humedad, grietas y reparaciones constantes para la propietaria del inmueble. Trece años después de recibir la llave, un tribunal de La Plata ordenó el pago de una indemnización

Enviaron a juicio a 33 acusados por lavar USD 100 millones vinculados a Daniel Muñoz
La causa reconstruyó una red de sociedades, cuentas e inmuebles atribuida al fallecido exsecretario de Néstor Kirchner. El expediente incluye 87 entregas de dinero y propiedades en Miami y Nueva York

Dijo que se cayó en la vereda de un supermercado, presentó una demanda y perdió: ahora deberá pagar los gastos del juicio
Un supuesto accidente ocurrido hace diez años en zona sur derivó en una extensa batalla legal contra el comercio y las autoridades locales. A pesar de las pruebas aportadas y de los informes médicos incorporados al expediente, la Justicia desestimó el reclamo



