Casación validó el decomiso de bienes de un presunto testaferro de Lázaro Báez fallecido en 2022

Se trata de Néstor Ramos, a quien se lo acusaba del delito de lavado de activos a través de “sociedades pantalla”

La Cámara Federal de Casación revocó un fallo que descartó el decomiso de los bienes de Néstor Ramos, fallecido en 2022 y presunto testaferro de Lázaro Báez

En un importante precedente sobre el tratamiento de bienes provenientes del lavado de activos, la Cámara Federal de Casación Penal revocó una resolución judicial que había rechazado el decomiso de fondos depositados en cuentas bancarias suizas vinculadas a Néstor Ramos, fallecido en 2022 y presunto testaferro de Lázaro Báez.

En el expediente, la Unidad de Información Financiera (UIF) había requerido la confiscación de los fondos radicados en dos cuentas del banco PKB Privatbank SA, de la ciudad suiza de Lugano, atribuidas a Ramos. Sin embargo, el Tribunal Oral Federal N° 4 de la Ciudad de Buenos Aires rechazó ese pedido tras considerar que, al haber fallecido el presunto titular, no era posible llevar a cabo un juicio oral que permitiera confirmar su culpabilidad con “certeza apodíctica”. Tanto la UIF como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), querellantes en la causa, apelaron para elevar el caso hasta la Sala IV de Casación.

De acuerdo a las actuaciones, a Ramos se le endilgaba la coautoría del delito de lavado de activos en virtud de su presunta participación en un esquema de “sociedades pantalla” que “habrían sido utilizadas en el exterior” para “la circulación de fondos que podrían constituir la legitimación y/o el ocultamiento de ganancias ilícitas”. Al presunto testaferro de Báez, amigo del matrimonio Kirchner, se lo asociaba con las firmas Helvetic Services Group SA y Wodson International SA.

Al imputado Néstor Ramos se lo asociaba como testaferro del banquero Lázaro Báez (EFE/Carlota Ciudad)

Al emitir su voto, el juez Javier Carbajo hizo hincapié, respecto al delito de lavado de activos y la modificación del Código Penal a través del artículo 305, en la facultad normativa de los jueces para “disponer el decomiso de los bienes producto de este ilícito sin necesidad de condena penal”. “En ese marco y como sostuve -agregó-, considero que el pronunciamiento recurrido presenta déficits de fundamentación y, por consiguiente, debe ser descalificado como acto jurisdiccional válido (...)”.

El camarista Mariano Borinsky acompañó la decisión de su colega y expresó también que la resolución impugnada presentaba “un déficit de motivación”, en tanto la AFIP, en el marco de su planteo, había reseñado una serie de situaciones que “permitirían establecer el origen espurio de los bienes cuyo decomiso es reclamado y que el tribunal a quo no descartó, al menos en esta oportunidad, con motivos suficientes”.

A su término, el juez Gustavo Hornos adhirió a la solución y expresó: “Corresponde enfatizar que el lavado de dinero es un delito organizado, transnacional y complejo. Al respecto, es destacable el terrible impacto que el crimen organizado y el ingreso y movimiento de fondos y activos provenientes del delito tienen a nivel nacional e internacional, así como la afectación que producen al orden económico financiero, el orden público interno, la gobernabilidad y la estabilidad misma de un Estado”.

Los camaristas de la Sala IV: Carbajo, Hornos y Borinsky

Luego, añadió: “Es por ello que el Estado Argentino se encuentra obligado, en razón de los compromisos internacionales asumidos, a adoptar las medidas pertinentes para garantizar el recupero de los bienes provenientes de los delitos de lavado de activos (...)”. Y precisó: “En ese sentido, por mi parte, he resaltado que en los delitos en donde se investigan actos de lavado de dinero e involucran actos de corrupción, como el de autos, debe ponerse el acento precisamente en la función reparatoria del decomiso”.

“Por ello, no puede ignorarse que la medida bajo examen resulta trascendental a los fines de restauración de la justicia y el restablecimiento del equilibrio perdido. Es que estos institutos apuntan a recuperar para la comunidad los activos obtenidos o utilizados en la comisión de delitos, socialmente dañosos”, completó el camarista Hornos.

Así las cosas, la Sala IV del máximo tribunal penal del país resolvió hacer lugar al recurso de casación, anular la sentencia apelada y reenviar las actuaciones a la instancia anterior para que, previa audiencia con las partes, se emita un nuevo fallo.

Más Noticias

César Milani presentó un amparo para que le permitan festejar su cumpleaños en un quincho del Ejército

El exjefe del Ejército reservó el lugar para este viernes pero dijo que por cuestiones políticas se lo prohibieron. Ahora fue a la justicia para que le habiliten el lugar

Casación ordenó continuar investigando a un empresario norteamericano y otro argentino por tenencia de drogas y lavado

El máximo tribunal penal del país dejó sin efecto una resolución que había anulado un procedimiento de control vehicular hecho por Gendarmería, donde se incautaron distintos estupefacientes y monedas de diferentes países

La Cámara Federal de Casación debatió sobre los desafíos y oportunidades de la Inteligencia Artificial en la Justicia

En el marco de un curso orientado a capacitar a los tribunales de todo el país, la máxima instancia penal llevó adelante una jornada con expositores que evaluaron los impactos y las aplicaciones concretas de la herramienta dentro del ámbito judicial

El Colegio de Abogados porteño pidió tratar el proyecto de Ficha Limpia en sesiones extraordinarias

La entidad de profesionales hizo un fuerte descargo contra los legisladores que se ausentaron para tratar la iniciativa impulsada por el PRO. También pidió debatir los temas de “Reiterancia” y “Juicio en ausencia”

A 7 años de la tragedia del ARA San Juan: cierra una causa contra ex funcionarios kirchneristas por las reparaciones en el submarino

Cuatro marinos se preparan para enfrentar juicio oral por la tragedia. En Comodoro Py la jueza Servini dio por finalizada una causa por la compra de las baterías de la nave