Una mujer con leucemia logró una cautelar para que su obra social le provea un medicamento oncológico

La demandante, de 58 años, recurrió “de forma urgente” a la Justicia tras un retardo de la entidad de salud en el proceso de compra del fármaco. La demandada argumentó que, a causa de la inestabilidad del país, los laboratorios “no desean vender” por ausencia de un valor de referencia en el mercado

Una mujer consiguió en enero una cautelar para obtener de su obra social un medicamento para paliar el avance de su leucemia, pero la entidad de salud aún no cumplió con la medida judicial (Fotos ilustrativas: iStock)

Una mujer diagnosticada con leucemia presentó una acción de amparo para obtener de su obra social un medicamento oncológico que dejó de conseguir en octubre pasado y que necesita “de manera urgente” para paliar el avance de su enfermedad. Al contestar la demanda, la entidad de salud expresó que no contaba con ese fármaco como consecuencia de que los laboratorios “no desean vender” por “falta de precios, faltantes o falta de importación” debido a la “inestabilidad” del país. Sin embargo, un juez federal ordenó a mediados de enero una medida cautelar para que se le provea “de forma inmediata” a la demandante la cobertura integral de los comprimidos en cuestión, pero la sentencia -hasta hoy- continúa sin cumplimiento.

Se trata de Norma López, una encargada de edificio de 58 años que fue diagnosticada con “leucemia crónica meloidea” en junio de 2016, un tipo de cáncer que tiene su origen en las células productoras de sangre de la médula ósea y que, según la demanda presentada en noviembre, “no pudo detenerse a pesar de los denodados esfuerzos médicos para su control”.

“Actualmente me encuentro en un tratamiento diario paliativo para que no se desarrolla el avance feroz de esta enfermedad extremadamente invasiva”, explicó la mujer, para después agregar: “mi estado de salud es sumamente crítico y cada día que pasa sin las drogas necesarias para el tratamiento de la quimioterapia hace peligrar mi vida en forma inminente”.

El problema comenzó hace cuatro meses, ya que desde el 2016 hasta septiembre de 2023 su obra social le había entregado de forma mensual y correcta la medicación oncológica prescripta por su médica -”Glivec Imatinib”, de 30 comprimidos de 400 mg cada uno-. Pero el miércoles 4 de octubre ingresó a la aplicación de la entidad para solicitar “como de costumbre” el remedio y se encontró con que este estaba “En proceso de compra”.

La mujer de 58 años presentó un amparo para conseguir su medicación oncológica para paliar una enfermedad que le fue diagnosticada en 2016

A raíz de eso, la portera a cargo de un edificio de la calle Tagle al 2600, en el barrio porteño de Recoleta, recurrió a la farmacia de la obra social para conseguir una respuesta. Allí le explicaron que el comprimido “no está entrando” y que no tenían novedad de su eventual ingreso. “Ante la desesperación por quedarme sin medicación -relata la mujer- me contacté por teléfono con el laboratorio (...) que distribuye el medicamento, y luego de explicarles mi situación me dijeron telefónicamente que SÍ tienen stock del medicamento, pero que las obras sociales buscan comprar comprimidos más baratos”.

Luego, con el paso de los días, la encargada apeló a una serie de correos, llamados telefónicos y “múltiples comunicaciones” con el fin de intimar a la institución para que le consiga los comprimidos de su tratamiento oncológico en curso. “La demandada no respondió absolutamente nada -cuenta-, pese a la insistencia en la innegable urgencia de mi circunstancia”.

Al cerrar el escrito al que tuvo acceso Infobae, Norma López describió su caso como “de extrema urgencia” y manifestó que la demandada estaba incumplimiento “lo establecido en el contrato de obra social”, ya que le impedía el acceso a un fármaco necesario “por un simple interés privado y económico, sin siquiera prevenir esta situación ni proponer una vía alternativa”. Por eso solicitó una medida cautelar inmediata por tres cajas de comprimidos.

El expediente se trató en el receso judicial a través del Juzgado Civil y Comercial Federal de Feria en cabeza de Marcelo Bruno Dos Santos, quien al tomar intervención corrió traslado de la demanda a la contraparte. Al responder, la obra social planteó el rechazo del planteo, ya que, según sus términos, “no le ha negado la medicación” en tanto esta “se encuentra en proceso de compra”.

La leucemia es un tipo de cáncer que tiene su origen en las células productoras de sangre de la médula ósea

“Como es de público conocimiento -manifestó en su defensa- en esta última etapa la salud se encuentra en emergencia debido a que los laboratorios, droguerías y proveedores no desean vender, toda vez que no hay precio, ya que algunos remedios o componentes son importados y que, con la inestabilidad e incertidumbre que hoy corre en el país, no quieren vender ya sea por falta de precios, faltantes o falta de importación”.

Y concluyó: “La tarea de comprar hoy insumos y medicación se hace tarea imposible y se va comprando a medida que se va obteniendo precios”.

Así las cosas, el juez Dos Santos dictó sentencia el 19 de enero pasado, donde hizo pie en “el derecho a la vida y su corolario, el derecho a la preservación de la salud” a través de la cita de distintos instrumentos legales y jurisprudenciales. También rescató que la Corte Suprema “ha resuelto en reiteradas oportunidades” que el magistrado de un juicio como el de esta índole, “que versa sobre derechos básicos de las personas”, tiene el deber de “adoptar las medidas urgentes que la naturaleza y particularidades de la acción puedan requerir”.

Bajo esos parámetros, le ordenó a la obra social demandada que le otorgue “de forma inmediata” la cobertura integral del “Glivec Imatinib” mientras lo prescriba la médica tratante y hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo con una sentencia definitiva. Para apalancar la orden, Dos Santos dispuso que en caso de incumplimiento se aplique “astreintes”, es decir, una multa diaria por cada día incumplido.

Con la sentencia se libraron las correspondientes notificaciones. Luego Norma se dirigió a la sede administrativa de su obra social, donde le informaron que no iban a brindar la prestación ya que su intención era apelar la cautelar. Su abogado, Gabriel Socolovsky, les envió entonces un correo donde alertó: “De persistir el incumplimiento se avanzará de inmediato con las acciones penales”.

El miércoles 31 de enero, dado el supuesto de “verdadera y comprobada urgencia”, el juez volvió a habilitar la feria judicial. Esta vez precisó el contorno de su disposición: “intimase a la parte demandada para que en el plazo de dos días cumpla con lo solicitado en la presentación en despacho conforme fuera ordenado en la medida cautelar dictada en autos, bajo apercibimiento de ejecutar los montos necesarios para su cumplimiento”, resolvió.

Dos días después, ya en febrero, el magistrado se expidió de nuevo. Esta vez para conceder el recurso de apelación interpuesto por la demandada, pero aclaró que las actuaciones serían elevadas a la Cámara de Apelaciones Federal “una vez que se acredite el cumplimiento de la cautelar ordenada”. Según pudo averiguar este medio, hasta la fecha la medida continúa incumplida.