Ruta del dinero K: Casación rechazó recursos presentados por Lázaro y Martín Báez contra la confirmación de sus condenas

Los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky declararon inadmisibles dos presentaciones hechas por el empresario kirchnerista y su hijo

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Lázaro Báez
Lázaro Báez

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles dos recursos presentados por las defensas de Lázaro y Martin Báez contra la confirmación de sus condenas por lavado de dinero en la causa conocida como “La ruta del dinero K”

La Sala IV de la Casación integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, denegó un recurso de casación “horizontal” y un recurso de inaplicabilidad de ley presentado por las defensas contra la decisión de la propia Cámara de Casación que había confirmado las condenas de Lázaro y Martin Báez por el delito de lavado de dinero.

En febrero pasado la Casación había confirmado la condena a Lázaro Báez y a otros 17 imputados por la causa de la ruta del dinero K. En aquella decisión había reducido la condena del amigo y socio de Néstor Kirchner de 12 a 10 años de prisión.

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“Quedó acreditado que el dueño del capital no declarado, que fue depositado a nombre de otras personas y, luego de la circulación propia de esta modalidad delictiva, ingresado en la cuenta de Austral Construcciones, siempre fue Lázaro Antonio Báez”, sostuvo el máximo tribunal de Comodoro Py. Báez fue beneficiado por el kirchnerismo con obras viales en Santa Cruz. Por el modo en que las obras le fueron adjudicadas y los pagos recibidos, fue condenada la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner a la pena de seis años de prisión. El empresario fue condenado en ese caso a la pena de seis años de prisión.

Casación revisó el fallo del Tribunal Oral Federal 4 y dispuso que las condenas quedaran en diez (10) años para Lázaro Antonio Báez, seis (6) años y seis (6) meses para Martín Antonio Báez, seis (6) años para Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín, cinco (5) años para Julio Enrique Mendoza, tres (3) años y seis (6) mes para Jorge Leonardo Fariña, cuatro (4) años y seis (6) meses para Juan Alberto De Rasis, César Gustavo Fernández, Fabián Virgilio Rossi, Eduardo Guillermo Castro, tres (3) años de ejecución en suspenso para Federico Elaskar, Claudio Fernando Bustos, Alejandro Ons Costa, Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez, y dos (2) años y seis (6) meses para Walter Feliciano Zanzot; todos ellos, por sus responsabilidades a raíz de las distintas operaciones en las que participaron. Las hijas de Báez-Melina y Luciana- fueron absueltas.

Martín Báez, el hijo de Lázaro (Télam)
Martín Báez, el hijo de Lázaro (Télam)

Para Casación había quedado acreditado que a través de un sofisticado mecanismo societario y financiero, que incluía el empleo de sociedades “pantalla” —eludiendo los controles fiscales—, los nombrados permitieron la expatriación y el movimiento de dinero por transacciones en distintos bancos internacionales, y su posterior repatriación por una operación bursátil con apariencia de legalidad (lavado de dinero), junto a otros activos que fueron detectados y decomisados, de una suma total equivalente a U$D 54.870.000 durante el período comprendido entre finales del año 2010 y abril de 2013, coincidente dicho monto total con las evasiones fiscales hechas por Lázaro Báez.

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Con la decisión de febrero pasado también se confirmaron las condenas por otros hechos de lavado independientes del principal. Uno fue la compra de un campo en la Provincia de Mendoza (estancia “El Carrizalejo”) y otro la adquisición de un departamento en la Ciudad de Buenos Aires (situado por calle Av. Del Libertador) realizadas por Leonardo Fariña. A eso se le suma el pago de los gastos de una fiesta de casamiento de Fariña y la compra de diversos autos de lujo (Ferrari California, BMW X6 y Audi R8 Syder) con la intervención de Carlos Juan Molinari y Daniel Alejandro Bryn.

Mediante los recursos rechazados por los jueces Hornos, Borinsky y Carbajo las defensas pretendían que la decisión que confirmaba sus condenas sea revisada por otra Sala de la Casación o por la Cámara en Pleno.

Luego del rechazo de Casación los condenados podrán presentar recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para intentar evitar que la condena quede firme.

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