El Ayuntamiento de León abonará 150.000 euros a un empleado por hacerle trabajar como tres

El juzgado considera que el Ayuntamiento de León generó acoso laboral al no cubrir vacantes, lo que deterioró la salud del empleado que realizó las funciones de tres trabajadores

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Madrid, 1 oct (EFECOM).- El ayuntamiento de León tendrá que indemnizar con 150.000 a un trabajador que durante nueve años fue obligado a realizar el trabajo de tres personas, pese a sus requerimientos para que se cubrieran las vacantes.

 El juzgado de lo contencioso administrativo nº 3 de León, en una sentencia que no es firme y se puede recurrir al Tribunal Superior de Justicia, condena al consistorio a abonar 149.858 euros debido al exceso de trabajo que tuvo que asumir en solitario, según confirma el Consejo General de la Abogacía.

El fallo del juzgado leonés indica que "la situación lesiva fue generada directamente por la pasividad del Ayuntamiento, que en cualquier momento pudo remediarla, pero no lo hizo".

El afectado, abogado de profesión y que formaba parte de la asesoría jurídica del ayuntamiento, se representó a sí mismo durante el proceso.

El abogado pudo demostrar que ante la falta de cobertura de vacantes por parte del ayuntamiento, tuvo que llevar a cabo el trabajo de tres personas, sin que el concejal de Régimen Interior y los responsables de Recursos Humanos atendieran sus solicitudes para cubrir las vacantes y aliviar la sobrecarga.

No se trataba de una alta carga de trabajo puntual, sino una situación abusiva que se prolongó en el tiempo, que permitió al juzgado leonés considerar que hubo acoso laboral y violación de derechos fundamentales, lo que además dañó "gravemente" la salud del trabajador.

El consistorio alegó que el abogado había asumido sus funciones de forma voluntaria, una actitud que la sentencia califica de "reprochable", ya que ni se cubrieron las vacantes ni se ofreció una solución alternativa.

Para determinar la cuantía de la indemnización, los magistrados tomaron como referencia el salario y las retribuciones complementarias correspondientes a los puestos vacantes, excluyendo el complemento por productividad. EFECOM

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