El Banco de España busca una compañía especializada que renueve la cobertura sanitaria a todos sus trabajadores y a los ex empleados que ya están jubilados durante los próximos cinco años. Para ello, el supervisor del sistema bancario español está licitando un contrato por 75 millones de euros para garantizar una cartera de servicios médicos de “calidad”. La adjudicataria “pondrá a disposición de los asegurados todos los medios propios o concertados precisos para garantizar esta asistencia sanitaria”, aseguran los pliegos. Llama la atención que dentro de la póliza entren sesiones de “medicina alternativa” como la acupuntura, pero deje fuera “los daños físicos causados por epidemias declaradas oficialmente”, como en su día fue el coronavirus.
Y si no dispone de ellos, “con carácter excepcional se compromete a asumir o reintegrar los gastos ocasionados a los asegurados por la utilización de otros medios necesarios para prestar la necesaria asistencia”. Para el personal expatriado (aquellos empleados que se encuentren desplazados en estancias temporales en el extranjero en organismos internacionales), se utilizará un sistema de reembolso del 100 % de los gastos médicos incurridos en el país de desplazamiento. El objetivo es que este seguro esté ya funcionando en enero de 2026.
El Banco de España incluye en esta cobertura médica privada a dos tipos de empleados: el grupo A, que incluye a los trabajadores en activo que presten servicios en los Servicios Centrales y en cualquiera de las sucursales. También están incluidos los expatriados (actualmente hay 30), los consejeros en activo que forman parte del Consejo de Gobierno del Banco de España; y los prejubilados de la Mutualidad de Empleados. En total, unas 8.569 personas. También disfrutarán de la póliza médica los familiares: cónyuge o pareja de hecho e hijos, siempre que convivan y dependan económicamente del titular hasta que cumplan 26 años (salvo que se trate de descendientes que tengan una discapacidad igual o superior al 65%).
En cuanto a los hijos hay otra excepción para que estén cubiertos por la póliza si tienen más de 26 años (hasta los 28): que la tasa de paro se sitúe por encima del 20% y que se encuentren inscritos como demandantes de empleo sin percibir prestación ni subsidio y convivan y dependan económicamente del trabajador del banco. En cuanto al grupo B, también estarán incluidos en la cobertura sanitaria los pensionistas del Banco de España, es decir, aquellos ex empleados que perciban la correspondiente prestación de jubilación, viudedad, invalidez u orfandad a través del Régimen General de la Seguridad Social. Están incluidos sus familiares (parejas e hijos). Estamos hablando de 3.504 asegurados, que según estimaciones del Banco generarán unos gastos médicos de casi 18 millones de euros. De todos ellos, el 67% tiene más de 70 años.
Todo tipo de cobertura médica
¿Qué cobertura sanitaria se prestará? Atención primaria y pediatría, incluso en el domicilio si el asegurado no puede trasladarse a un centro médico por enfermedad; servicio de urgencia las 24 horas, servicio de hospitalización (con cama para un acompañante); todo tipo de intervenciones quirúrgicas; y asistencia sanitaria en consultas con especialistas y asistencia en viaje en el extranjero. La póliza también debe incluir un sistema de medicina preventiva en pediatría, ginecología (para la prevención del cáncer de mama), cardiología y urología. Y todo tipo de prótesis, implantes y trasplantes. “En el supuesto de que no existiera red asistencial en alguna de las provincias donde estén localizadas las oficinas centrales y sucursales, la aseguradora garantizará la cobertura a los beneficiarios de la póliza al 100%”, rezan los pliegos.
Hay un apartado también para las medicinas alternativas. Los asegurados podrán disfrutar de 12 sesiones anuales de osteopatía y acupuntura. La cobertura incluirá además una póliza dental, con una serie de servicios básicos sin coste para los asegurados. Aunque los servicios médicos garantizados son bastante completos, hay excepciones.
El Banco de España no financiará los daños físicos como consecuencia de guerras, motines, revoluciones y terrorismo; los causados por epidemias declaradas oficialmente; y los que provengan de cataclismos (terremotos, inundaciones y otros fenómenos sísmicos o meteorológicos). Tampoco los tratamientos e intervenciones quirúrgicas realizadas con fines puramente estéticos o cosméticos, y la cirugía de cambio de sexo; y las estancias, asistencias y tratamientos en centros no hospitalarios, tales como hoteles, balnearios, asilos, residencias y centros de reposo. Por último, quedan excluidas las enfermedades o lesiones derivadas de la práctica profesional de cualquier deporte y actividades de alto riesgo.