Sanidad pone el freno a la publicidad de los productos sanitarios de los ‘influencers’

El real decreto que pretende limitar la publicidad de medicamentos en redes sociales

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Sanidad pone el freno a la publicidad de los productos sanitarios de los ‘influencers’ (Freepik)

La influencer Adara Molinero, hija de Elena Rodríguez, denunció a través de sus redes sociales haber sido víctima de una presunta negligencia médica. Una acción por la que se podría enfrentar a una demanda “por falso testimonio”. Asimismo, la joven también decidió compartir una imagen del medicamento con el que se estaba tratando. “Esta crema me ha salvado la vida”, escribía.

En este contexto, fueron muchos los profesionales sanitarios que denunciaron este tipo de acciones en sus redes sociales. “Lo de los influencers y los medicamentos es para estudiar”, escribía Guillermo Martín, un popular farmacéutico conocido por su perfil de X @Farmaenfyrecida. ”Es una irresponsabilidad recomendar un medicamento con receta a 800K personas”, añadía.

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Ahora bien, este no es un caso aislado. Las recomendaciones de medicamentos es redes sociales se están convirtiendo en una escena habitual. Así, el Ministerio de Sanidad quiere regular este tipo de mensajes, y lo hará a través de un real decreto que especifique las prohibiciones relativas a la publicidad de productos sanitarios.

El proyecto que regulará la publicidad de los medicamentos en redes sociales

El real decreto que pretende limitar la publicidad de medicamentos en redes sociales permanecerá sometido a trámite de consulta pública hasta el próximo 8 de marzo. Se busca que, tanto entidades, como personas interesadas, puedan realizar sus aportaciones a este respecto.

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El objetivo de la nueva normativa es “proteger y promover” a salud del paciente y del usuario. De esta forma, se prohibirá la promoción de productos que puedan inducir a error al usuario. Asimismo, no se permitirá la publicidad que asegure “un éxito total” de los medicamentos.

El panorama europeo ha destacado la importancia de implementar un “nuevo marco normativo sólido, transparente, previsible y sostenible”. De esta forma, el real decreto se nutrirá de normativas europeas. Sin embargo, según lo manifestado en el documento publicado, serán las comunidades autónomas las encargadas de ejercer “las competencias del control de la publicidad”. Esto implica que se requerirá una autorización previa por parte del gobierno regional correspondiente para cualquier publicidad.

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Estos son los productos que se verán afectados por la nueva normativa

La futura ley establece que ciertos productos sanitarios no podrán ser objeto de publicidad, entre ellos los oftalmológicos, como lentes de contacto, soluciones oculares y lágrimas artificiales. También se verán afectados los productos dentales y bucales, incluyendo herramientas para la fijación, limpieza y desinfección de prótesis dentales, así como tratamientos para trastornos bucales y labiales con mecanismo oclusivo.

Por otra parte, el proyecto de real decreto contempla la inclusión de otros productos, como los nasales, respiratorios (cámaras de inhalación y nebulizadores), del oído (soluciones salinas), material de cura (algodones y guantes), productos para el dolor (efecto frío-calor), tratamientos dermatológicos (verrugas), productos para la incontinencia y la osteomía (bolsas), aparatos genito-urinarios (lubricantes), dispositivos de medición de parámetros (tensiómetros), productos de ortopedia (calzado), instrumentos médicos (jeringas) y láseres (láser de foto-depilación).

Del mismo modo, la normativa afectará a los productos de autodiagnóstico que no requieren prescripción médica, como los de fertilidad, embarazo, VIH, pruebas de detección de Covid-19 y pruebas para la determinación de la glucemia.

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