El testamento vital es un documento en el que una persona manifiesta las actuaciones médicas que se quieren recibir o se quieren denegar en caso de que una enfermedad les impida expresarse por sí misma. Es una forma de prepararse ante posibles imprevistos que afecten gravemente a la salud, que dictaminan cómo quiere ser tratado al final de la vida cuando no esté en condiciones de comunicarlo.
En España, este documento no estaba establecido hasta noviembre 2022, cuando entró en vigor. Para poder realizar un testamento vital, es necesario ser mayor de edad, o tener entre 6 y 18 años cuando se esté emancipado, y poder expresarse libremente a la hora de su creación.
Te puede interesar: Decidir sobre la propia salud: qué son las “directivas anticipadas” y cuándo se pueden hacer
“Se trata de una forma de poder continuar ejerciendo el derecho a ser respetado con los valores propios y asegurar que este respeto se mantendrá cuando se presente una situación de mayor vulnerabilidad”, explica el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
Desde su entrada en vigor, España ha registrado 402.761 testamentos vitales, según cifras recogidas en febrero de 2023.
Te puede interesar: Separan con éxito a dos niñas siamesas en una operación en Barcelona: duró 5 horas y participaron 20 médicos
Lo que incluir en un testamento vital
El Ministerio de Sanidad explica a través del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria todo lo que se puede incluir en el testamento vital. Las personas interesadas pueden redactar sus objetivos vitales y valores personales “para ayudar en su día a la interpretación del propio documento y sirvan de orientación a los médicos en el momento de tomar las decisiones clínicas que nos afecten”.
Se añadirían después instrucciones sobre los tratamientos e intervenciones médicos que se desee recibir en caso de enfermedad “siempre que sean acordes con la buena práctica clínica”. Deben incluirse también las que no se quiere recibir. Asimismo, cabe la posibilidad de notificar la actuación a seguir respecto a la donación de órganos.
El Instituto notifica que también se puede designar a un representante, es decir, una persona que pueda actuar como interlocutor ante el médico o equipo sanitario responsable y tome decisiones por la persona enferma, siguiendo su voluntad.
La única prohibición que se instaura es clara: “no podrán incluirse decisiones que sean contrarias al ordenamiento jurídico”.
Pasos para formalizar el testamento vital
El primer paso para crear un testamento vital es solicitar cita, a través de una llamada telefónica o por correo electrónico, en el Hospital Comarcal. Puede contactarse en el 607 19 64 15 (Dirección Médica) o en el 952 69 80 01 (Secretaría de Dirección Médica), así como en la dirección dirmed.ae.melilla@ingesa.msssi.es
Posteriormente, se realiza una entrevista para otorgar el documento, en el despacho de Dirección Médica del Hospital Comarcal. Debe acudir “la persona que quiera ejercer su derecho junto a su representante si así lo desea”, con su tarjeta sanitaria, DNI y una fotocopia compulsada del mismo.
Si no hay dudas sobre la capacidad y libertad del solicitante, debe rellenarse un documento de instrucciones previas, que se firma tras “la lectura pormenorizada del contenido”. Una vez completados todos los trámites administrativos, se le hace llegar una copia al usuario.
El documento puede ser modificado en cualquier momento siguiendo estos mismos pasos.