Los ‘super’ tendrán que donar sus excedentes: aprobada la ley de desperdicio alimentario

Quedan excluidos los establecimientos de menos de 1.300 metros cuadrados. Cada español tira una media de 31 kilos de comida al año, lo que supone una pérdida de 250 euros

Un trabajador manipula productos cárnicos en un supermercado en Madrid. (Reuters/Violeta Santos Moura)

El Pleno del Congreso aprobó este jueves el proyecto de ley de ‘prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario’ con ningún voto en contra. El objetivo de esta nueva normativa es intentar reducir la cantidad de comida y bebida que hogares y locales tiran cada año a la basura, y que los agentes de la cadena alimentaria hagan una gestión más eficiente de los alimentos que se producen, se venden y se consumen.

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Con esta nueva ley (que ahora se tramitará en el Senado y que solo volverá al Congreso si sufre cambios), los supermercados tendrán que firmar convenios para la donación de sus excedentes y los restaurantes tendrán que facilitar que el cliente pueda llevarse comida que le sobre sin ningún coste. Según cifras del propio Gobierno, en 2020 los hogares tiraron a la basura 1.363 millones de kilos de comida y bebida. Esto es, una media de 31 kilos/litros por persona, con una pérdida económica individual de 250 euros anuales.

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El horizonte para 2030 es reducir la generación de residuos alimentarios respecto a 2020 en un 50% en la venta minorista y los consumidores, y una reducción del 20% de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro. Estos son los puntos claves de la ley.

Obligatoria para todos los agentes de la cadena alimentaria

Deberán cumplir lo dispuesto en esta ley los operadores del sector primario (cooperativas y empresas de elaboración y distribución de alimentos incluidas), comercios al por menor, empresas de hostelería y restauración, entidades del tercer sector, entidades sociales, bancos de alimentos y administraciones públicas. También los consumidores.

Plan para donar

Todas estas empresas de la cadena deberán disponer de un plan de prevención de desperdicios y deberán llegar a acuerdos con empresas, entidades sociales y bancos de alimentos con el fin de evitar el desperdicio alimentario. Estos planes tendrán que configurarse en función a un orden, que tendrá como prioridad máxima el consumo humano a través de la donación o la redistribución de los alimentos.

De las ONG al consumo humano

En los convenios firmados con empresas, ONG o bancos de alimentos, se deberán especificar las condiciones en que se recogen, trasladan y almacenan los productos entre las partes. A su vez, las entidades sociales deberán garantizar la trazabilidad de estos con un registro de entrada y salida, así como comprometerse a que no van a comercializarlos.

Transformación de los alimentos

Se optará por transformar alimentos a los que no se ha podido dar salida, pero que mantienen una condición óptima para el consumo. Un ejemplo sería la realización de mermeladas o zumos. Si los alimentos ya no son aptos para que los ingiera una persona, se dedicarán a la fabricación de piensos o a comida de animales.

En última instancia, se prevé que los desperdicios se destinen a confeccionar subproductos en otras industrias, obtener compost y biogás o combustible.

Llevarse sobras de restaurantes

El derecho a llevarse las sobras. Este tipo de negocios (donde no se incluyen los bufet libres) deberán ofrecer de forma gratuita a sus clientes la posibilidad de trasladar la comida que no han consumido. Para ello, deberán contar con envases aptos para el consumo que sean reutilizables o se puedan reciclar fácilmente.

Alimentos ‘feos’

En el intento de que antes del fin de su vida útil los alimentos puedan ser aprovechados, el texto recoge que las empresas que vendan productos al consumidor deben “fomentar” las líneas de venta de productos con “imperfecciones o desperfectos” e incentivar la de aquellos con una fecha próxima de caducidad o consumo preferente.

Excepciones

Los establecimientos con menos de 1.300 metros cuadrados de “superficie útil de exposición y de venta al público” siguen estando exentos de llegar a acuerdos para la donación de excedentes. Se añade, eso sí, que estarán obligados los que operen bajo un mismo código de identificación fiscal y superen dicho límite en su conjunto.

Para el ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el desperdicio de alimentos representa una “ineficiencia” de la cadena alimentaria, que tiene consecuencias económicas, sociales y ambientales, porque supone malgastar el trabajo realizado por agricultores y ganaderos en la producción de alimentos y mal utilizar los recursos naturales que se consumen en este proceso. Pero además, es un asunto que tiene un claro carácter ético y “llama a la conciencia de todos”. Es la primera vez que se legisla en España sobre la materia, algo que hasta el momento solo han hecho Francia e Italia.

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