Designaron al nuevo presidente del Consejo Gremial de Enseñanza Privada

El nombramiento se hizo efectivo mediante el decreto 232/2025 en el Boletín Oficial

La medida va en línea con lo establecido por el para el Estatuto para el Personal Docente de los Establecimientos de Enseñanza Privada (Foto: Marta Fernández/Europa Press)

El Gobierno nacional designó al nuevo presidente del Consejo Gremial de Enseñanza Privada luego de la renuncia presentada por la antigua titular.

El nombramiento se hizo oficial mediante la población del decreto 232/2025, en el que se acepta la dimisión de la licenciada María Gloria Zingoni a partir del 26 de junio del año pasado.

A su vez, la normativa designa “ad honorem” a Patricio Javier Barber Soler, cuyo nombramiento tiene fecha del 27 de junio del año pasado. “Encomiéndase al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, para que en forma conjunta con el Consejo Federal de Educación y el Consejo Gremial de Enseñanza Privada, cada uno en el ámbito de sus respectivas competencias, formule una propuesta de actualización para el funcionamiento y los Acuerdos del mencionado Consejo Gremial en concordancia con la normativa vigente”, suma el decreto, que lleva la firma del presidente Javier Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

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Con respecto a Barber Soler, indicaron que “reúne los antecedentes y condiciones necesarias para ejercer dicho cargo”. De hecho, desde el año pasado, el nuevo presidente del Consejo se desempeña como director nacional de Educación Pública de Gestión Privada. Anteriormente, fue presidente de la Junta Regional de Educación Católica y Socio de ADVENIAT Consultores, una consultora de gestión tanto en lo pedagógico como en lo administrativo legal de instituciones educativas, organizaciones religiosas y ONG’s.

Patricio Javier Barber Soler, director de Educación Pública de Gestión Privada

De acuerdo con el considerando de la norma, la medida va en línea con el Estatuto para el Personal Docente de los Establecimientos de Enseñanza Privada, que establece que el Consejo estará integrado por 12 miembros y 1 presidente, que será designado por el Poder Ejecutivo Nacional por el plazo de 3 años.

La medida llega poco más de un mes después de que prorrogaran el beneficio que exime a escuelas privadas de pagar aportes patronales, en un intento de mitigar los efectos de los aumentos de las cuotas en el bolsillo de las familias. Así, la nueva fecha límite del beneficio es el 31 de diciembre de este año.

Esta no es una medida nueva, puesto que el año pasado se aplicó de manera similar, al igual que en otras ocasiones previas. En los considerandos de la norma, se hace referencia a que, en 2019, “a través del artículo 24 de la Ley N° 27.541, se excluyó de las disposiciones del Capítulo 3 a los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que estuvieran incorporados a la enseñanza oficial según las Leyes Nros. 13.047 y 24.049, hasta el 31 de diciembre de 2020. Asimismo, se estableció que estos empleadores seguirían aplicando las alícuotas de contribuciones patronales que les correspondían hasta la entrada en vigencia de dicha norma”.

Además, se argumentó que “el principal costo operativo y financiero de los establecimientos educativos de gestión privada está relacionado con el componente salarial, el cual incluye las contribuciones patronales correspondientes”.

El Gobierno considera que la implementación de las disposiciones previstas por la legislación para 2025 ocasionaría un aumento considerable en las contribuciones patronales que deben abonar las instituciones mencionadas. Este incremento sería aún más pronunciado en jurisdicciones fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, debido a que las reducciones que actualmente benefician a estos establecimientos varían según las distintas regiones del país, conforme a la normativa vigente.

Además, se señaló que “el aumento de las contribuciones patronales provocará un incremento significativo en las partidas presupuestarias de las provincias, ya que el aporte estatal no solo se destina al pago de los sueldos de los docentes curriculares, sino también al pago de las contribuciones patronales correspondientes a esos salarios”.

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