La Corte Constitucional le hizo un llamado al Ministerio de Educación de Colombia para desarrollar políticas que aseguren la accesibilidad y permanencia educativa de los niños, niñas y jóvenes de áreas rurales, esta decisión fue tomada por la entidad después de dar a conocer el caso de una escuela ubicada en en la vereda Sabaneta Parte Alta, en el municipio de Pamplona, Norte de Santander, que está cerrada hace seis años.
Respecto al caso, la Sala Novena de Revisión dictó protección a los derechos educativos de los niños, niñas y jóvenes residentes en la vereda, tras una solicitud hecha por la personera de esa localidad. Ella señaló que, desde hace más de seis años la Secretaría Departamental cerró la única institución educativa que existe en la zona debido a la ausencia de profesores y personal administrativo.
Desde el cierre de la escuela, los estudiantes debían hacer largas caminatas para asistir a otra institución educativa poniendo en riesgo su integridad física. Debido a esta situación, se pidió que se tomaran acciones para reabrir el establecimiento educativo y se asignara un docente y un encargado de mantenimiento. Sin embargo, inicialmente, la solicitud de tutela fue rechazada.
Sin embargo, la Corte revocó esta decisión al considerar que “las entidades accionadas trasladaron a los menores de edad la carga del cambio de colegio sin la valoración de las necesidades de acceso”. El supremo tribunal enfatizó que la obligación de cambiar de escuela no debería recaer en los estudiantes sin considerar su fácil acceso, además, subrayó que los trayectos que los niños y niñas tuvieron que hacer diariamente, sumando aproximadamente tres horas de ida y vuelta por caminos sin pavimentar y bajo condiciones climáticas adversas, representaban un riesgo significativo. Con este panorama, la falta de un servicio de transporte escolar gratuito fue identificado como una barrera que limitaba el acceso a la educación.
Por lo tanto, la Corte ordenó a la Secretaría de Educación de Norte de Santander y a la Alcaldía de Pamplona garantizar transporte escolar gratuito para los estudiantes, superando así las barreras físicas y geográficas al derecho a la educación. También le hizo un llamado al departamento de Norte de Santander evaluar en un plazo máximo de un mes la posibilidad de reabrir la escuela para el año lectivo 2024, lo que implicaría hacer las gestiones necesarias en términos administrativos, presupuestales y de infraestructura.
La Sala Novena de Revisión también aclaró que la decisión de reanudar las actividades escolares no debe depender del número de alumnos, adicionalmente, se deben adelantar las obras de mantenimiento en la infraestructura educativa para asegurar la prestación adecuada del servicio educativo.
Por otro lado, el organismo afirmó que, en caso de no priorizarse la reapertura de la sede escolar, deberá continuar la prestación del servicio de transporte escolar gratuito a los niños, niñas y adolescentes que deban desplazarse desde su lugar de residencia hasta el centro educativo que queda en la parte baja del municipio.
Finalmente, La Sala Novena de Revisión le hizo un llamado al Ministerio de Educación para establecer políticas públicas que aseguren la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo para los niños, niñas y adolescentes de familias rurales, subrayando la importancia de seguir respetando los precedentes constitucionales en este ámbito.
La educación en las zonas rurales
De acuerdo con datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), Colombia tiene una población estudiantil de 13.631.928 en edad escolar, de los cuales el 26,7% reside en áreas rurales. Este segmento enfrenta un acceso limitado a la educación digital, con un 79% de las escuelas rurales sin acceso a internet y aproximadamente el 60% careciendo de aulas de informática. Esto contrasta marcada y negativamente con las zonas urbanas, donde la ausencia de internet y de infraestructura de informática oscila apenas en el 9,3% y 14,7% respectivamente.