Tras el fallo de la Corte, la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza rechazaron la propuesta de “presencialidad administrada” que impulsa el Gobierno

En el Consejo Federal de Educación, volvieron a surgir diferencias entre los ministros. Los titulares de las carteras de CABA y Mendoza no firmaron la resolución ya que “no da lugar a la autonomía de las jurisdicciones”

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El ministro de Educación nacional, Nicoás Trotta, y su par porteña Soledad Acuña
El ministro de Educación nacional, Nicoás Trotta, y su par porteña Soledad Acuña

Unas horas después de que se conociera el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que respaldó la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires para seguir con las clases presenciales, se reunió el Consejo Federal de Educación. Durante la sesión, volvieron a surgir diferencias entre el gobierno nacional y la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza.

El ministro de Educación nacional, Nicolás Trotta, le llevó a sus pares una propuesta con lineamientos para una “presencialidad administrada” en aquellos distritos más afectados por el coronavirus. La intención del gobierno nacional es reducir la asistencia de chicos de acuerdo a los riesgos epidemiológicos de cada localidad.

Sin embargo, Trotta se volvió a topar con la negativa de Soledad Acuña, titular de la cartera educativa porteña, y de José Thomas, director general de escuelas de Mendoza. Los dos distritos ya se habían desmarcado del DNU, que les exigía suspender la presencialidad por atravesar una fase de “alerta epidemiológica”, y ahora con el fallo de la Corte consideran tener el respaldo para dictar su propia política educativa durante la pandemia.

Según supo Infobae, la resolución no da lugar a la autonomía de las provincias y pretende fijar lineamientos comunes. Por eso, tanto CABA como Mendoza no firmaron la resolución. Sus ministros apoyaron la generación de pautas básicas para una eventual suspensión de clases, pero consideraron “muy duro” el texto ya que, dicen, no respeta la autonomía que hoy mismo revalidó la Corte y sostiene los términos del DNU.

En el gobierno mendocino explicaron: “No acompañamos la resolución porque la provincia entiende que, de acuerdo a la situación en esta jurisdicción, no hacía falta aplicar estas medidas. Además, no se consultó previamente al Consejo Federal de Educación y las provincias que lo componen. Nos parece mejor todo lo que se hizo antes, en las otras resoluciones del Consejo, las cuales han dado muy buenos resultados”.

La sesión virtual duró casi tres horas y después de largas discusiones, los ministros de las otras 22 jurisdicciones sí acompañaron la resolución oficial.

Al finalizar la sesión, Trotta destacó: “Nuestras decisiones impactan en el derecho a la educación y en el cuidado de la vida en este contexto que nos toca transitar; estoy convencido que todas y todos debemos reflexionar y no caer en discusiones falaces. Afirmamos con convicción que la prioridad es la agenda educativa que en este ámbito de aplicación de políticas públicas no puede ser reducida a la presencialidad en lugares donde ponemos en riesgo la vida. El sistema educativo resolvió adoptar las normas federales que rigen a partir del DNU”.

De hecho, la reunión de hoy lo que buscó fue justamente revalidar el decreto ya firmado: calificar a los distritos según su riesgo epidemiológico y, en base a eso, orientar la continuidad de la presencialidad o el cierre escolar.

En caso de riesgo bajo y medio, se mantienen los regímenes de presencialidad y alternancia vigentes, indicó el comunicado oficial.

En las zonas calificadas como de riesgo alto, las autoridades jurisdiccionales podrán tomar medidas restrictivas en la educación presencial. Estas restricciones, aseguran, tendrán carácter transitorio, con plazos claramente establecidos y podrán reorganizar:

a) La frecuencia de asistencia presencial de toda la población escolar.

b) La suspensión de toda actividad extracurricular.

c) El sostenimiento del régimen actual de asistencia de los grupos priorizados. Es decir, los chicos que en 2020 perdieron vínculo con la escuela, los niños de sala de 5 y primer ciclo de primaria, los alumnos de primer año de secundaria y los estudiantes con discapacidad.

d) La suspensión de la asistencia presencial de los grupos restantes.

En tanto, en las zonas con “alarma epidemiológica y sanitaria”, donde entran CABA, Mendoza, la provincia de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, correspondería la suspensión de la asistencia a clases presenciales en todos los niveles educativos.

Más allá de la eventual interrupción de las clases, las escuelas seguirán abiertas, con guardias mínimas de directivos y docentes para asegurar, por un lado, el intercambio de tareas y devoluciones en los sitios de menor conectividad y, por otro, la provisión de la alimentación escolar.

En todos los casos, la educación especial está exceptuada de la suspensión de la presencialidad. Las escuelas especiales deben seguir abiertas cualquiera sea la situación epidemiológica.

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