La Universidad de Buenos Aires anunció que sus cinco colegios secundarios seguirán con clases virtuales pese al fallo de la Justicia porteña que ordena garantizar la presencialidad en las aulas. De ese modo, el Colegio Nacional de Buenos Aires, el Carlos Pellegrini, la Escuela Ténica de Lugano, la Agropecuaria y el ILSE darán clases a distancia las próximas dos semanas.
Según supo Infobae, la medida se tomó antes de que saliera el fallo judicial, en un Zoom extraordinario que convocó el Consejo Superior de la Universidad. De igual modo, informaron que por ahora los alumnos no volverán a las aulas.
En su artículo tres, la resolución dice: “Suspender el dictado de clases presenciales en los establecimientos de enseñanza secundaria y carreras de pregrado, grado y posgrado dependientes de esta Universidad entre el 19 y el 30 de abril de 2021, inclusive. La referida suspensión no afectará la atención de pacientes en los hospitales universitarios, institutos asistenciales y cátedras”.
La misma resolución establece que los colegios deberán garantizar el dictado de clases a través de videoconferencia y actividades que se realicen por el campus virtual u otras plataformas.
En las últimas semanas, los padres del Nacional Buenos Aires, se organizaron y enviaron una carta a las autoridades de la universidad pidiendo que se garantice el dictado de clases presenciales. En ese comunicado, habían expresado la necesidad de que las clases “se manejen con criterios semejantes a los de los colegios primarios y secundarios del país, que ya iniciaron sus clases dentro de sistemas mixtos y lo harán hasta que, desde los gobiernos nacionales y/o provinciales, se aconseje o se decida lo contrario”.
La suspensión también alcanza a las pocas instancias presenciales que se venían desarrollando en las facultades de la UBA, especialmente las actividades enfocadas en las prácticas de estudiantes como Odontología, Ingeniería o Farmacia y Bioquímica.
De ese modo, la universidad -que cuenta con autonomía- no acatará al fallo de La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la ciudad de Buenos Aires y cumplirá con lo consignado en el DNU firmado por el presidente Alberto Fernández.
Ayer el tribunal resolvió: “1.Hacer lugar a la queja interpuesta y en consecuencia admitir el recurso de apelación. 2. Hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, conforme lo expuesto en los puntos 3, 4 y 5 y las facultades dispuestas en el art. 184 CCAyT, disponer la suspensión de lo dispuesto en el art. 2°, párrafo tercero del DNU n° 241/21 y ordenar al GCBA que en el marco de su autonomía y competencias propias disponga la continuidad de la presencialidad de las clases en el ámbito del territorio de la Ciudad de Buenos Aires, conforme la resolución conjunta del Ministerio de Educación y de Salud n° 1/21 3. Sin costas por no haber medido contradicción (conf. arts. 14 CCABA, 2° de Ley N° 2.145 –texto consolidado por la Ley N° 6017– , 62 y 63 del CCAyT)”, indicó el fallo.