El Gobierno impuso un nuevo requerimiento previo para quienes quieran dolarizar sus ahorros. La norma, en principio un endurecimiento de las medidas antilavado para distintas operaciones, genera un nuevo obstáculo para la demanda de divisas ya que fuerza a bancos sociedades de Bolsa a pedir a sus clientes las declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias e Impuesto a los Bienes Personales antes de una operación.
La resolución 6/2022 de la Unidad de Información Financiera (UIF, el organismo anteliavado) publicada el viernes pasado sustituye un primer párrafo del artículo 37 de tra resolución del organismo que data de 2017.
“La información y documentación solicitadas deberán permitir la confección de un perfil transaccional prospectivo (ex ante), sin perjuicio de las calibraciones y ajustes posteriores, de acuerdo con las operaciones efectivamente realizadas. Dicho perfil estará basado en el entendimiento del propósito y la naturaleza esperada de la relación comercial, la información transaccional y la documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria que hubiera proporcionado el Cliente o que hubiera podido obtener la propia Entidad, conforme los procesos de Debida Diligencia que corresponda aplicar en cada caso”, es el nuevo texto.
El texto es casi idéntico al que regía desde hace casi 5 años. Lo único que agrega es la palabra “tributaria”.
De la misma forma, sustituye el artículo 35 de otra norma vigente desde 2018 por el siguiente texto: “La información y documentación solicitadas deberán permitir la confección de un perfil transaccional prospectivo (ex ante), sin perjuicio de las calibraciones y ajustes posteriores, de acuerdo con las operaciones efectivamente realizadas. Dicho perfil estará basado en el entendimiento del propósito y la naturaleza esperada de la relación comercial, la información transaccional y la documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria que hubiera proporcionado el Cliente o que hubiera podido obtener el propio Sujeto Obligado, conforme los procesos de Debida Diligencia que corresponda aplicar en cada caso”.
Una vez, el agregado de la palabra “tributaria” es la clave. Por último, también modifica la resolución 28 de 2018 en la que, una vez más, suma la posibilidad de utilizar información tributaria para elaborar el perfil de cada cliente.
Según especialistas, la norma habilita a las entidades del sector financiero a pedir las declaraciones juradas de impuestos antes de una operación. El requerimiento no está fijado como obligatorio pero, ante el riesgo de imcumplir las normas respecto a conocer a sus clientes, las entidades van a tender a pedir la información.
La resolución justifica el nuevo requerimiento en un aumento del riesgo de lavado de dinero que generó el “Sinceramiento Fiscal” impulsado por el Gobierno de Mauricio Macri y las normas que permitieron eliminar las declaraciones tributarias para ese proceso.
Para la UIF, “el contenido de las normas mencionadas incrementaron los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo en tanto habilitaba a contribuyentes a declarar activos previamente ocultos, lo que podía resultar en que volúmenes considerables de dinero, que previamente se encontraban fuera del sistema financiero formal, sean depositados o transferidos a entidades financieras argentinas, exponiendo de tal manera la integridad de las mismas y del sistema financiero en su conjunto”.
“A partir de ahora, si querés hacer las cosas según el manual la única forma es presentar las declaraciones juradas” (Sardáns)
“La Recomendación 10 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) determina que cuando los riesgos de lavado de activos o financiamiento del terrorismo sean mayores, debe exigirse a las instituciones financieras que ejecuten medidas intensificadas de Debida Diligencia del Cliente a tono con los riesgos identificados. En particular, deben incrementar el grado y naturaleza del monitoreo de la relación comercial, a fin de determinar si esas transacciones o actividades parecen inusuales o sospechosas”, agregan los considerandos de la resolución del organismo conducido desde hace poco tiempo por Juan Carlos Otero.
La norma golpea a las operaciones con dólares financieros porque, hoy por hoy, son la principal actividad de sociedades de Bolsa. Pero no se limita a a ellas. Hay más de 20 sujetos obligados que tendrán que empezar a pedir información tributaria, como aseguradoras, mutuales, escribanos, emisoras de tarjetas no bancarias y muchas otras, para permitir operar a sus clientes. El hecho es que debido a recientes normas de AFIP y el Banco Central que dificultan otras operaciones cambiarias, en el mercado las interpretan como más controles de cambio.
“El problema de exigir las declaraciones juradas, una cosa es que las presenten a la AFIP, donde no es común que se filtre información. Ahora, cuando se manda al empleado de un banco o una sociedad de Bolsa no se sabe hasta qué punto puede circular o qué personas pueden tomar conocimiento de esa información que es confidencial. No está mal pedir documentación, pero no es positivo que los clientes cedan esa información”, dijo Sebastián Domínguez de SDC Asesores Tributarios.
“Esto se puede interpretar también como que se quiere limitar las operaciones de ciertos sujetos que no tengan todo regularizado, cuando en realidad está vigente una moratoria que con su vigencia debería permitir las mismas operaciones presentando otra documentación diferente”, agregó.
“A partir de ahora, si querés hacer las cosas según el manual la única forma es presentar las declaraciones juradas. El tema es que cualquier persona de una sociedad de Bolsa termina viendo tus papeles de trabajo, lo cual es una locura. En ningún lugar del mundo te piden eso”, se quejó Mariano Sardáns de FDI Gerenciadora de Patrimonios.
SEGUIR LEYENDO: