Cuatro miembros de una misma familia fueron judicializados por lavado de activos, pero dos quedaron libres

Los hermanos judicializados tendrían vínculos con un narcotraficante extraditado a Estados Unidos que hacía parte de la estructura del loco Barrera

Guardar
A los hermanos se les
A los hermanos se les encontraron varios bienes muebles e inmuebles que ya fueron puestos a disposición de la SAE - crédito Colprensa.

La Dirección Especializada contra el Lavado de Activos de la Fiscalía General de la Nación judicializó por lavado de activos a los hermanos Carlos, Diana, Jorge y Javier Romero Salamanca, por ser los supuestos responsables del blanqueo de capitales de una red narcotraficante.

Estos hermanos figuran como propietarios de bienes muebles e inmuebles, así como de establecimientos de comercio, los cuales habrían sido adquiridos con dineros producto del envío de estupefacientes a Estados Unidos.

Ahora puede seguirnos en WhatsApp Channel y en Google News.

“Varias de las propiedades fueron afectadas con medidas cautelares de extinción del derecho dominio y puestas a disposición de la Sociedad de Activos Especiales. La Fiscalía imputó a los hermanos Romero Salamanca los delitos de lavado de activos, enriquecimiento ilícito de particulares y testaferrato”, manifestó la fiscal delegada para las Finanzas Criminales, Luz Ángela Bahamón.

Las propiedades fueron puestas a disposición de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), aunque los hermanos Romero Salamanca, al parecer, han presentado solicitudes para recuperarlas.

La Sociedad de Activos Especiales
La Sociedad de Activos Especiales se hizo cargo de los bienes incautados a los hermanos - crédito Archivo Infobae.

De acuerdo con las pruebas recolectadas por la Fiscalía General de la Nación durante el proceso de investigación, los hoy procesados tendrían vínculos con un colombiano extraditado a Estados Unidos, que en su momento era considerado como uno de los socios del narcotraficante conocido come el ‘Loco Barrera’.

Los miembros de la familia no aceptaron los cargos que se les imputaron. Por decisión del juez de control de garantías, Carlos Eduardo y Javier Mauricio recibieron medida de aseguramiento en centro carcelario; mientras que los otros dos hermanos seguirán vinculados a la investigación.

Cayó integrante del Clan del Golfo que instrumentalizaba a menores de edad para cometer atentados en Antioquia

Otra diligencia que logró la Fiscalía este lunes 13 de noviembre fue la judicialización de Yeison Guzmán Torres, alias Franco, integrante del autodenominado frente Julio César Vargas del ‘Clan del Golfo’, que aceptó mediante preacuerdo haber instrumentalizado a adolescentes en condición de vulnerabilidad para que ejecutaran acciones criminales en municipios de Antioquia.

Por ese motivo, un juez penal del circuito especializado de Medellín lo condenó a cinco años y cuatro meses de prisión, al hallarlo culpable de los delitos de uso de menores para la comisión de delitos y concierto para delinquir.

Ese fue el resultado de más de un año de investigación por parte de un fiscal de la Dirección de Apoyo a la Investigación y Análisis contra la Criminalidad Organizada, en articulación con la Policía Nacional, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las autoridades departamentales.

Miembro del Clan del Golfo
Miembro del Clan del Golfo engañaba a menores para cometer atentados sicariales en Antioquia - crédito Pixabay

De acuerdo con información de la Fiscalía, alias Franco contactaba a jóvenes que habían escapado o fueron arrebatados de otras estructuras armadas ilegales que los reclutaron ilegalmente y les ofrecía dinero y con la promesa de supuestos pagos mensuales los convenció de retomar las armas, pero del lado del ‘Clan del Golfo’.

Como pruebas fueron recolectados testimonios de dos adolescentes de 16 años que huyeron en Nariño del sometimiento de las disidencias de las Farc y de la organización criminal ‘Los Contadores’, respectivamente. Luego, mediante engaños, fueron inducidos por alias Franco para vincularse al ‘Clan del Golfo’, en noviembre de 2021.

Según la sentencia, la instrumentalización de los menores de edad fue sistemática y reiterativa, y resaltó que los casos ocurridos en Antioquia guardan coincidencias relacionadas con el modus operandi, la calidad de las víctimas y el perfil del victimario.

En Colombia, el delito de instrumentalización de menores de edad para cometer crímenes está tipificado en el Artículo 188D del Código Penal.

“El que induzca, facilite, utilice, constriña, promueva o instrumentalice a un menor de 18 años a cometer delitos o promueva dicha utilización, constreñimiento, inducción, o participe de cualquier modo en las conductas descritas, incurrirá por este solo hecho, en prisión de diez (10) a diez y veinte (20) años”, se puede leer en el Código Penal Colombiano.

Guardar