La Corte Constitucional tumbó el jueves 26 de octubre el Decreto 1270 de 2023, con el que el presidente de la República, Gustavo Petro, pretendía hacer reformas estructurales al sistema de salud en La Guajira, con base en la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento.
La decisión, que tendrá efectos retroactivos, deja sin piso jurídico uno de los once documentos expedidos por el Ejecutivo, que pretendía atender la problemática en esta región del norte del país. Situación derivada de la decisión del alto tribunal de declarar inexequible el paquete de medidas dispuestas desde la Casa de Nariño.
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Tras la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, la Sala plena de la Corte le propinó con esta determinación otro duro golpe jurídico al mandatario de los colombianos. Y todo porque el citado decreto representaba una especie de prueba piloto de los alcances de la reforma a la salud, que se tramita en la Cámara de Representantes.
En sus consideraciones, la Corte Constitucional manifestó que este tipo de reformas debían cursar en un proyecto de ley en el Congreso de la República. Y, del mismo modo, criticó los alcances del estado de emergencia que pretendió impulsar el jefe de Estado, que no tuvo éxito en su argumentación ante el tribunal.
“En concreto, no explicó por qué no hizo uso de la iniciativa legislativa, con mensaje de urgencia, para proponer al Congreso las medidas anunciadas en el Decreto Legislativo 1085 que deben ser adoptadas a través de la ley”, había advertido la Corte.
¿En qué consistía el decreto declarado inexequible por la Corte Constitucional?
En su determinación, que se tomó tras el estudio uno a uno de los decretos, la Corte dejó sin efectos el decreto con el que se adoptaban medidas de salud pública en La Guajira, como que la atención básica para todos los habitantes debía ser gratuita y obligatoria, además de que los servicios de salud deberían organizarse de forma descentralizada.
“Para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos se hace necesario adoptar medidas en tres aspectos estructurales del sector salud: la gobernanza y rectoría, la prestación de servicios de salud y el financiamiento”, se leyó en el citado decreto, que —palabras más, palabras menos— pretendía reorganizar la estructura y funcionamiento del sistema.
El decreto indicaba que dicha articulación debía efectuarse con la participación de las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas, como los wayuu, afrodescendientes y Rrom. Lo que se conocía como un “modelo de salud propio e intercultural”.
A su vez, el Ministerio de Salud y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) estaban facultadas para definir el valor del financiamiento de los servicios de la estrategia de atención primaria en salud, mediante los Centros de Atención Primaria en Salud (Caps).
Es decir, para la prestación intramural, extramural, telemedicina y comunitaria en salud, incluso, en lugares no destinados originalmente para tal fin, pero que fueran adecuados de manera temporal. A lo que se sumaría la ampliación de la capacidad instalada de un centro ya instalado.
Esta decisión es consecuencia de la tomada a nivel macro, cuando la Corte Constitucional señaló declarar inexequible el Decreto 1085 de 2023, que fue por el que el mandatario de los colombianos fijó el Estado de Emergencia Económica, Social y Económico, en el departamento de La Guajira.
Es válido destacar que el 10 de octubre de 2023, desde Tumaco (Nariño) Petro había anunciado que radicará ante el Congreso los proyectos de ley con los que se buscaría implementar las medidas de urgencia manifiesta en La Guajira, tras la decisión de la Corte.
“Casi todo el trabajo que se hizo en La Guajira se perdió, porque estaba en esos decretos. Ahora vamos a presentar el trabajo como proyectos de ley con mensaje de urgencia al Congreso de la República y eso debe ser mañana (miércoles)”, expresó el presidente.