Colombia salió bien librado en el más reciente Índice de Inclusión en Salud de la revista británica The Economist.
El país se ubicó el sexto lugar con el mejor servicio para la sociedad. En general, logró 70 puntos de 100 posibles. El índice del medio destacó el grado de inclusividad, incluso, superó en este sentido a reconocidos países como Estados Unidos y Cuba.
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No obstante, teniendo en cuenta políticas públicas, así como servicios en salud de la sociedad, lo superaron Tailandia, como número uno, así como Canadá, Corea del Sur, Reino Unido y Francia.
Además, se destacaron los indicadores de políticas públicas y la prestación del servicio en la sociedad.
En el informe se muestra que Colombia registró máximas puntuaciones en salud como prioridad, derecho a la salud, grupos de población vulnerable, política de salud oral, entre otras.
Entre tanto, tuvo baja calificación en atención sanitaria centrada en la persona, cultura y prácticas, personal de enfermería, farmaceutas y personal de atención a partos.
La exvicepresidenta Marta Lucía Ramírez fue una de las que reaccionó a los resultados y lamentó que el Gobierno de Gustavo Petro pretenda no pagar las cuentas de las EPS.
“Mientras en la prestigiosa revista internacional especializada The Economist, Colombia aparece como el 6 mejor sistema de salud y más incluyente, la política pública colombiana enfila sus baterías a destruirlo deliberadamente al no pagar cuentas a las EPS”, publicó Marta Lucía Ramírez en X (antes Twitter).
Entre tanto, el senador Humberto de la Calle, de la Coalición Alianza Verde Centro Esperanza, anotó que, en definitiva, es necesario un consenso.
“La reputada revista The Economist hace riguroso estudio mundial en salud. Con excepción de infraestructura y recurso humano, Colombia en los primeros lugares. Como dice Gustavo Petro, se necesita mejorar cobertura y prevención. No es imposible el consenso”, publicó De la Calle.
Cómo funciona el sistema de salud colombiano
Para entender cómo funciona el sistema de salud colombiano, lo primero que hay que mencionar es que el Sistema General de Seguridad Social en Salud está reglamentado por la Ley 100, expedida el 23 de diciembre de 1993, que se basa en seis principios: eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación. Pero con el tiempo ha tenido algunos cambios que se han dado con leyes ordinarias que han permitido que el sistema actual se consolide como se conoce ahora.
Desde hace treinta años la salud comenzó a regirse por un sistema de financiación mixto, lo que quiere decir que se sostiene tanto de recursos públicos como de recursos privados que finalmente son distribuidos por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).
De acuerdo con la página del Ministerio de Salud, los recursos son recaudados de las siguientes fuentes:
- Cotizaciones al sistema de salud.
- Aportes por solidaridad de Regímenes de Excepción y Especiales y cotizaciones por ingresos adicionales.
- Recursos del Sistema General de Participaciones (salud).
- Recursos del Subsidio Familiar de las Cajas de Compensación Familiar.
- Aportes del Presupuesto General de la Nación.
- Compensación de las regalías.
- Prima del Fondo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Fonsat) y Contribución por Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat).
- Impuesto social a las armas, municiones y explosivos
- Recursos de propiedad de las Entidades Territoriales para el aseguramiento
- Impuesto a Juegos de Suerte y Azar Coljuegos.
- Reintegros de recursos.
- Recursos destinados para atender pandemia por covid del Fondo de Mitigación de Emergencias – Fome.
- Porcentaje del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante -FOSFEC
- Otros aportes asignados por norma.
Luego de la recaudación de los fondos, la Adres distribuye el dinero en dos partes, principalmente, el régimen contributivo y el régimen subsidiado. En el caso del primero, es al que acceden los ciudadanos que aportan de forma individual para sostener la atención que recibe, por tanto, la financiación de este se da mediante fuentes parafiscales que aportan al sistema, tanto empleados como empleadores, además de copagos y cuotas moderadoras que recaudan directamente las EPS.
Ahora bien, en cuanto a la financiación del régimen subsidiado, hay que aclarar que las personas que se encuentran priorizadas en este son las que no cuentan con la posibilidad económica de cubrir los servicios de salud, por lo tanto, en este caso, la totalidad de los recursos son del Estado, es decir son recursos fiscales que salen tanto de la Nación como de los entes territoriales y aportes solidarios.
Pero, además, de los dos regímenes que tiene como fin cubrir el 100% de la población colombiana, hay otros espacios que reciben recursos que normalmente son usados para investigaciones, avances científicos, promoción y prevención, campañas y demás, entre esos están los NO PBS, programas de salud y demás.
Para poder identificar a qué régimen pertenece cada ciudadano se creó el Sisbén que, como lo define la página oficial, “es el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales, que permite clasificar a la población de acuerdo con sus condiciones de vida e ingresos.
Esta clasificación se utiliza para focalizar la inversión social y garantizar que sea asignada a quienes más lo necesitan”.
Una vez ordenada la información, las personas son clasificadas en cuatro grupos:
- Grupo A: Población en pobreza extrema
- Grupo B: Población en pobreza moderada
- Grupo C: Población vulnerable
- Grupo D: Población no pobre, no vulnerable
Posteriormente, se dividen los colombianos en los dos regímenes: en este caso, del grupo A al grupo C, pueden ser parte del régimen subsidiado y el grupo D parte del contributivo; aunque si alguien en los tres grupos decide hacer parte del contributivo no existe ninguna limitación.
Para hacer el proceso de atención se crearon las Entidades Promotoras de Salud —EPS—, que son las entidades responsables de la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía, y que direccionan estos recursos a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), los hospitales y clínicas y otras instituciones encargadas de ofrecer los servicios médicos y tratamientos.
En este hay que aclarar que hoy día los usuarios son los que deciden a que EPS pertenecen sin ningún tipo de limitación, aunque en el caso de los del régimen subsidiado son inscritos en las EPS del Estado, como lo son Capital Salud y la Nueva EPS.
Pero el sistema no se limita ahí, pues hay otros espacios como el régimen de excepción o el régimen militar, que es el que brinda el servicio de salud de forma exclusiva a los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía, de los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del magisterio, de servidores públicos de Ecopetrol y los servidores públicos de universidades públicas.
Además, del plan complementario, que es un servicio adicional que complementa los servicios de la EPS como una red hospitalaria un poco más amplia, algunos ofrecen atención domiciliaria, entre otros; y, en el caso de la medicina prepagada, son planes con opciones de coberturas más amplias que un plan complementario, tienen acceso a más especialistas, médicos domiciliarios, acceso a clínicas y hospitales de alta calidad y demás.
Finalmente, las pólizas de salud, que al igual que los planes complementarios y la medicina prepagada, son un complemento a los servicios que presta la Seguridad Social.