Este 31 de diciembre vence la prórroga aprobada por el Ministerio de Salud (Minsa) para que los alimentos y bebidas procesadas utilicen los octógonos adhesivos en sus empaques, en el marco de la ley de Alimentación Saludable (Ley Nº 30021).
Luego de esa fecha, quedaría prohibido que las empresas coloquen octógonos en stickers en empaques de alimentos importados. En ese sentido, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) exhortó al Gobierno que no continúe autorizando la colocación de los octógonos mediante los inseguros stickers en las etiquetas de los alimentos envasados.
“Como lo hemos venido denunciando desde hace años diversos proveedores de alimentos continúan consignando dichas advertencias, no de manera impresa como manda la ley sino mediante los inseguros stickers, adhesivos o pegatinas”, indicó la institución de defensa a los consumidores.
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Los sucesivos gobiernos desde el 2019 mediante decretos supremos han realizado modificaciones del Reglamento y del Manual de Advertencias de la Ley de Alimentación Saludable, las cuales han sido dispuestas por el Minsa. Ante ello, la última prórroga, dispuesta por Decreto Supremo N° 005-2022-SA, vence este 31 de diciembre.
Cuestionan uso de stickers
Asimismo, Aspec cuestionó el empleo de los adhesivos porque estas pueden ser colocados en cualquier parte del envase y no en la parte frontal, de manera visible, como debe ser. Además, indicó que estos adhesivos tampoco pueden no respetar las características que deberían cumplir como el tamaño y ubicación.
“En caso de reclamo, la empresa puede eludir su responsabilidad culpando al bodeguero o al supermercado por haber colocado el adhesivo donde no debía ir; por eso es importante que los octógonos se coloquen de manera impresa en el empaque del producto”, sustentó la entidad.
Por lo señalado anteriormente, Aspec solicitó al Gobierno que no ceda -al igual que lo hicieron sus antecesores- a las presiones de la industria y no conceda una nueva prórroga, que sería la quinta, para que las empresas sigan usando los cuestionados e inseguros adhesivos.
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“La salud pública debe prevalecer sobre cualquier otra consideración y el Estado debe ser el primero en defenderla”, sostuvo la entidad de defensa a los usuarios.
Antecedentes
La Ley N.º 30021 de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes establece el uso de etiquetado frontal en todos los productos procesados que son alto en azúcar, en sodio, en grasas saturadas y que contienen grasas trans.
Esta norma fue publicada en 2013, pero recién en 2019 se emitió su reglamento. Sin embargo, la industria que ha presentado oposición a la norma ha logrado que se le permita usar estos octógonos en forma de adhesivos.
El Decreto Supremo N°005-2022-SA que amplía el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias para los productos importados, también establece un plazo máximo de seis meses para que el Minsa emita un informe sobre la evolución del cumplimiento del uso del rotulado en forma indeleble en la etiqueta con las advertencias publicitarias.
Antes que se implemente la norma, el Ejecutivo planeaba que los octógonos estén impresos obligatoriamente en los productos. No obstante, diversas compañías reclamaron que se permita el uso de stickers, ya que elevaría los costos de importación para los productos de fuera del país.
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