El recurso de casación presentado por la defensa de Pedro Pablo Kuczynski fue declarado fundado por el Poder Judicial. Como se recuerda, al expresidente se le habían impuesto medidas restrictivas en su contra en el proceso que se le sigue por el presunto lavado de activos en agravio del Estado.
De ese modo, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema tomó la decisión de revocar las siguientes medidas contra el exmandatario:
- Prohibición de comunicarse con sus coimputados.
- Prohibición de comunicarse con testigos y peritos.
- Prohibición de declarar a medios de prensa.
- Prohibición de participar en reuniones políticas.
Solicitan impedimento de salida
El Ministerio Público solicitó al Poder Judicial que la orden de impedimento de salida del país contra Kuczynski se amplíe por nueve meses más. Dicha medida se estableció como parte de la investigación preparatoria que lo involucra el caso Westfield Capital, vinculado a Odebrecht.
La fiscal adjunta Gaby Jiménez hizo este pedido debido a que ya venció la última ampliación de dicha medida que se dictó contra el mandatario por un total de cuatro meses. Asimismo, considera que esta solicitud es idónea y necesaria porque garantiza la presencia del investigado en el territorio nacional mientras se concluyen los actos de investigación pendientes en este caso.
Sin embargo, Julio Midolo, abogado del expresidente, demandó que se declare infundado este pedido fiscal, ya que su cliente está condicionado a una serie de restricciones. En ese sentido, negó que las recientes declaraciones que hizo el hermano de su defendido, donde solicitó que este reciba atención médica fuera del país, refleje algún riesgo de fuga.
Detención domiciliaria para Kuczynski
Por otro lado, el juez Ramiro Salinas Siccha de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, confirmó recientemente la resolución del último 9 de abril. En dicho documento, se dispone la variación de la medida de detención domiciliaria contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) por la de comparecencia con restricciones. Cabe resaltar que, el régimen judicial anterior venció el pasado 10 de abril.
Se optó por esa medida luego de rechazar la apelación que fue interpuesta por la defensa del exmandatario, la cual tenía el fin de dejar sin efecto las reglas de conducta impuestas contra él. Entre ellas, la prohibición de comunicación con sus coimputados Gloria Jesús Kisic Wagner, José Luis Bernaola Ñufflo y Gerardo Rafael Sepúlveda Quezada; la prohibición de ausentarse de Lima Metropolitana, salvo autorización judicial, o la prohibición de brindar declaraciones a los medios de comunicación respecto al caso.
En esa línea, la comparecencia restringida contra PPK indica también que deberá presentarse ante el Juzgado cada 30 días, a efectos de informar acerca de sus actividades.
“Todo ello, bajo apercibimiento expreso que, en caso de incumplimiento de las restricciones y previo requerimiento, se procederá a revocar la medida, volviéndose al statu quo del arresto domiciliario”, precisa el fallo judicial.
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