La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez, de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, y al del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), Antonio Hazael Ruiz Ortega. por violaciones graves a los derechos humanos.
Pues de acuerdo con la Comisión, 10 servidores públicos habrían incurrido en actos de tortura; contra la seguridad jurídica por retención ilegal en agravio de una persona; actos de violencia desproporcionada durante la detención de tres de las víctimas, así como violación a la seguridad jurídica de las cuatro personas.
Lo anterior debido a un caso del 2016 en el que se registró la detención con violencia de cuatro personas y la tortura de una en la ciudad de Acapulco, Guerrero, por parte de 8 miembros de la extinta Policía Federal, ahora Guardia Nacional, tras detenerlos como parte del Operativo Acapulco.
Tales hechos, de acuerdo con la Comisión, ocurrieron el 24 de febrero cuando los elementos de la Policía Federal los detuvieron y trasladaron a las instalaciones de la Subprocuraduría Especializada en Investigaciones de Delincuencia Organizada (SEIDO) en la Ciudad de México.
Ahí habrían torturado a uno de ellos para que admitiera que portaba droga y que proporcionara información sobre un lugar en el que supuestamente estaría ocultando armas.
Mientras que las otras tres personas tuvieron lesiones debido al uso de violencia desproporcionada por parte de los elementos policiales en las maniobras de sujeción, sometimiento y traslado de las víctimas.
En esa fecha, los familiares de los detenidos escribieron al Organismo donde señalaron que tras preguntar en varias instancias, las autoridades no dieron información sobre el paradero de las personas y aseguraron que no tenían registro de ellos.
De igual forma, la Defensoría Pública Federal presentó un escrito de queja del 25 al 1 de mayo que señalaba que tanto en la declaración ministerial como en el dictamen de integridad de las otras tres víctimas, se advirtieron las lesiones que, posteriormente, fueron acreditadas por la CNDH.
Ante estos hechos, la Comisión señaló que debido a que la autoridad no indicó la participación individualizada de los elementos de la Policía Federal, se podía inferir que los ocho elementos son responsables conjuntamente de la violación al derecho a la integridad y seguridad personal por actos de tortura, retención ilegal, así como la vulneración al trato digno por la violencia ejercida en la detención de las víctimas.
También precisaron que dos servidores públicos habrían vulnerado el derecho a la seguridad jurídica: uno por no haber realizado una completa exploración a una de las víctimas, y el otro, parte del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) 12 por no documentar las lesiones que presentaban los cuatro detenidos al realizar los estudios psicofísicos.
Ante los hechos, la CNDH pidió a la SSPC que gestione la inscripción de las personas agraviadas al Registro Nacional de Víctimas y que se proceda a la inmediata reparación integral del daño con medida de compensación y atención médica y psicológica.
Igualmente solicitó que haya una colaboración con la FGR en la integración de la Averiguación Previa y que se lleve a cabo la investigación correspondiente para que se esclarezcan los hechos,
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