Aunque más de 10 mujeres son asesinadas diariamente en México, apenas el 24% de los casos son investigados como feminicidios. De acuerdo con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante los primeros diez meses de 2022 se ha registrado 3 mil 155 asesinatos de mujeres, sin embargo, en su gran mayoría han sido abordados como homicidios dolosos en las indagaciones.
Es así que únicamente 777 casos han sido tipificados como feminicidios (o presunto feminicidio a falta de la resolución de cada caso) durante el periodo enero-octubre del año en curso. Mientras que 2 mil 378 fueron abordados como homicidios dolosos. Aunque en un principio el crimen sea investigado bajo el protocolo de feminicidio, este no determina que el delito sea perseguido posteriormente como tal.
Los lineamientos para el registro y clasificación de los presuntos delitos de feminicidio para fines estadísticos indican que las autoridades deberán contabilizar un caso como feminicidio cuanto este cumpla con la máxima de “la privación de la vida a una mujer, por razones de género”. Esta idea procede a su vez, cuando se cumpla con alguna de las siguiente nueve circunstancias.
I. Exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad de la que se haya valido;
II. Exista, o haya existido, entre el agresor y la víctima una relación sentimental, laboral, escolar o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad y exista antecedente documentado de violencia;
III. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
IV. A la víctima se le hayan infringido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida, o presente marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, necrofilia, o éste sea mutilado;
V. Hayan existido amenazas, acoso o lesiones del agresor en contra de la víctima, o misoginia;
VI. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público; VII. La víctima haya sido incomunicada previo a la privación de la vida;
VIII. La víctima se encuentre en estado de gravidez y ese haya sido el motivo del hecho; y,
IX. Todas aquellas circunstancias que no hayan sido descritas pero que sean consideradas en las legislaciones penales federales y estatales.
AMLO y entidades feminicidas
Hace apenas unas semanas, López Obrador fue cuestionado por una reportera ante el aumento del delito de feminicidio a nivel nacional respecto a otros periodos presidenciales. El mandatario aseguró que los datos se interpretan así debido a que antes este tipo de crimen no era tipificado como tal y sostuvo que su gobierno ha puesto puntual atención a esta situación.
“(La estrategia es) seguir todos los días puntualmente, no dejar de hacer las reuniones de seguridad para prevenir las necesidades de seguridad de todos los mexicanos y en especial de todas la mujeres. No lo reconozco (aumento de casos), porque antes no se clasificaba el delito de feminicidio.
“Estamos con las mujeres, nada más que nuestros adversarios que son muy hipócritas quieren usar la bandera del feminismo para atacarnos, pero millones de mujeres de México saben que nosotros actuamos de buena fe. Estamos haciendo todo por las mujeres y hombres”, dijo AMLO en una sus habituales conferencias matutinas.
Las cifras del Secretariado Ejecutivo señalan al Estado de México como la entidad de más incidencia delictiva en cuanto a feminicidios con 120 (enero-octubre de 2022). A este le siguen: Nuevo León con 81, Veracruz con 60, Ciudad de México con 56, Chiapas y Oaxaca con 38 cada una.
En el otro extremo de la estadística se encuentra Nayarit como la de menor casos reportados con 2. Después Yucatán y Tlaxcala con 3, cada uno, Baja California Sur con 5, San Luis Potosí con 6 y Aguascalientes con 9.
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