De cara al inicio de un nuevo año, se dio a conocer un nuevo incremento al pago mensual que reciben pensionados adscritos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), según reveló el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PREF).
Se trata de una buena noticia para los jubilados de la tercera edad, quienes con el aumento podrán beneficiarse en los gastos de su hogar. Y es que de acuerdo con la Secretaría de Hacienda, al menos 750 mil millones de pesos serán destinados a las personas de la tercera edad registradas en este instituto.
Los beneficios corresponden a alrededor del 64% del presupuesto, que será destinado a los adultos mayores que reciben su pensión por parte del IMSS y que verán reflejado el cambio el otro año.
¿Cuál será el aumento en 2023?
Se trata de un incremento del 12.8% para las personas mayores que reciben su pensión en el Instituto.
Hay que recordar que los giros de pensión se realizan el primer día de cada mes. Sin embargo, en caso de que éste sea inhábil, entonces su pago aplicará el último día hábil del mes anterior.
Mientras que los que cobran a través de su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) o aseguradora, se ajustarán a las condiciones de pago que las instituciones autoricen o manejen en ese momento.
Por ejemplo, el depósito de su última pensión se llevará a cabo el próximo jueves 1 de diciembre para los del IMSS.
En tanto, otra modificación que se dio a conocer en junio de este año, es el aumento a pensionados de la Modalidad 40.
A través de este esquema las personas tendrán la posibilidad de realizar aportaciones por su cuenta, es decir, de forma voluntaria, hasta lograr un buen retiro.
Este tipo de pensión normalmente se adopta cuando la persona fue dada de baja por su patrón, pero quiere seguir cotizando por su cuenta ante el instituto. Incluso podrían llegar a una pensión de hasta 50 mil pesos.
Sin embargo, a partir de 2023 los trabajadores podrán observar un alza de 1.09 puntos porcentuales. Es decir, un total del 11.166% para el próximo año.
Los aumentos que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023 seguirán siendo de 1.09 puntos porcentuales año con año, hasta alcanzar el total de 18.8 por ciento en el 2030.
La Modalidad 40 del IMSS, permite seguir cotizando en el instituto y de esta forma acceder a una pensión digna. Beneficiará sobre todo a aquellas personas que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, es decir, bajo el régimen del 73.
Los asegurados por esta modalidad tendrán que pagar sus mensualidades por adelantado y guardar el comprobante de pago. El usuario decidirá continuar protegido a partir de la fecha que elija entre la de su solicitud de inscripción en la continuación voluntaria o la del día siguiente de su baja, debiendo cubrir en todo caso, las cuotas que no fueron enteradas al Instituto. (Artículo 66 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización)
En caso de que el asegurado no pague sus cuotas oportunamente o haya sido dado de baja por mora y desee volver a contratar la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, deberá pagar sus cuotas retroactivamente con los recargos correspondientes.
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