La secretaria del trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, informó cómo será el programa piloto para registrar a las trabajadoras del hogar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a fin de que sean afiliadas en igualdad de condiciones que el resto de las y los trabajadores.
Durante la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador desde Palacio Nacional, la funcionaria reveló que en México 2.3 millones de personas realizan trabajos del hogar, 88% son mujeres y 12% hombres, por lo que resaltó la importancia de tener seguridad social, ya que el trabajo doméstico y de cuidados que realizan las mujeres (en su mayoría) beneficia a más de 4.9 millones de personas en México.
Alcalde Luján dijo que con el Programa de Incorporación de Trabajadoras del Hogar próximo a entrar en vigor, los beneficios del aseguramiento incluyen la atención médica sin limitaciones, incapacidades, riesgos de trabajo, guarderías, pensión y cobertura para la familia de la trabajadora.
El procedimiento de 4 pasos que los patrones deben seguir para la incorporación de las personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social; es sencillo y sólo deben tener a la mano sus datos personales, así como los datos de los trabajadores a quienes va a asegurar, además se puede hacer tanto en la Subdelegación que corresponda al domicilio del patrón, como en el Portal del IMSS, sólo se necesita la siguiente información:
1. Inicia el trámite con la información del patrón y se registran los datos de:
* CURP
* Correo electrónico
* Domicilio
* Datos de contacto
* RFC (opcional)
2. Registra la información de la Persona Trabajadora del Hogar
* NSS
* CURP
* Domicilio
* Salario diario
* Días laborados
3. Genera el formato de Incorporación y línea de captura para pago
* El formato de Incorporación para las Personas Trabajadoras del Hogar
* La línea de captura para que puedas realizar el pago correspondiente
4. Realizar el pago
* De forma presencial en ventanilla bancaria
* No presencial a través de tu banca en línea
Es importante mencionar que se tendrá hasta el día 20 de cada mes para realizar el pago de las cuotas obrero patronales, también cabe resaltar que el aseguramiento de la persona trabajadora del hogar será a partir del primer día del mes inmediato posterior y por los días que labora con el patrón. Recuerda que tendrás que realizar este proceso mes con mes para asegurar a la persona trabajadora del hogar; y en el caso de que el día 20 del mes calendario sea día inhábil, la fecha límite de pago será el primer día hábil inmediato posterior.
Por otro lado, es importante resaltar que pese a la relevancia económica y social que esto significa, el común denominador de las trabajadoras del hogar no cuenta con prestaciones de ley, contratos por escrito, acceso a servicios de salud y seguridad social, licencias de maternidad, atención durante el embarazo y parto, ni guarderías para sus hijos e hijas mientras ellas trabajan, las cuales son provistas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una vez que las y los empleadores las registran ante el Seguro Social.
Si bien la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social se han modificado en los últimos años para proteger y garantizar sus derechos, son muy pocas las personas empleadoras que han cumplido con afiliarlas.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) existen más de 2.2 millones de personas trabajadoras del hogar, de las cuales el 88% son mujeres, es decir 1.94 millones. El trabajo doméstico remunerado es central para el funcionamiento de los hogares, la economía y la sociedad. No obstante, el 97% de las trabajadoras del hogar aún labora en condición de informalidad.
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