Cuánto dinero se otorga por Pago de Marcha tras la muerte de un beneficiario de la Pensión del Bienestar

Si la persona beneficiaria no hubiera designado a un representante o adulto auxiliar, el comité técnico podrá determinarlo

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Dos mujeres realizaron su registro
Dos mujeres realizaron su registro a la Pensión del Bienestar. (Foto: Twitter @bienestarmx)

En México, las personas con 65 años cumplidos o más podrán inscribirse a la Pensión del Bienestar, apoyo económico comandado por el gobierno del país el cual se entrega de manera directa y sin intermediarios a todos aquellos que forman parte del programa.

Sin embargo, además del dinero que se otorga bimestralmente a los beneficiarios, el programa ofrece también el llamado Pago de Marcha el cual se entregará a su representante o adulto auxiliar registrado en el Programa, por única vez.

Es decir, se dará al familiar o persona designada que quedó registrada al momento de su incorporación al programa. Si la persona beneficiaria no hubiera designado a un representante o adulto auxiliar, el comité técnico podrá determinar bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de esta ayuda.

Una mujer recibe su tarjeta
Una mujer recibe su tarjeta del apoyo económico. (Foto: TW: @EstefanyCorreaG)

¿Cuál es el monto que se ofrece por el Pago Marcha?

De acuerdo con la Secretaría del Bienestar se entregará solamente en una ocasión y luego del fallecimiento del adulto mayor inscrito al programa. De ese modo, la cantidad de dinero que deberá recibir el familiar es el equivalente a un bimestre, es decir, lo que se deposita al pensionado cada dos meses.

En ese sentido, hay que recordar que, actualmente la Pensión es de 3 mil 850 pesos, mismos que se entregan a alrededor de 10 millones de adultos mayores a la fecha.

La Secretaría del Bienestar recalcó la importancia de que, en caso de fallecimiento, los familiares de la persona beneficiaria, su representante o adulto auxiliar, deberá notificar de manera inmediata a través de la Línea de Bienestar, pues para recibir el Pago de Marcha es indispensable que la, o el representante o adulto auxiliar, no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona beneficiaria.

Los familiares tendrán que anunciar
Los familiares tendrán que anunciar la muerte del beneficiario. (Foto: TW: @EstefanyCorreaG)

La Secretaría de Bienestar está obligada a dar de baja del padrón a esa persona adulta mayor, pues constituye un delito que alguien más cobre en su nombre.

La Línea del Bienestar cuenta con el número: 800 639 42 64, donde podrán recibir orientación especial del procedimiento.

Por su parte, será necesario detallar que miles de personas forman parte del programa que brinda el gobierno. Sin embargo, para seguir recibiendo el apoyo económico no deberán incurrir en alguna falta.

De acuerdo con las reglas de operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), existen hasta ocho motivos por los cuales se podrá dar de baja a una persona de la tercera edad definitivamente.

Además, según el presidente Andrés Manuel López Obrador, la pensión del Bienestar de adultos mayores tendrá un incremento en los próximos años.

Se trata de un plan gradual de aumento y lo que se buscará con ello, es que para 2024, todos los adultos mayores reciban más de 6,000 pesos por parte del Gobierno de manera bimestral.

“En 2024 será el doble de lo que actualmente reciben adultos mayores”, reiteró durante una conferencia de prensa que encabezó en la localidad de Loma de Guamúchil, en Cajeme, Sonora, para hablar de la defensa del pueblo Yaqui.

De ese modo, para 2024 los pensionados podrían recibir hasta 7 mil 700 pesos, puesto que el mandatario reiteró que sería el doble de lo que actualmente se deposita a los beneficiarios. Actualmente reciben 3 mil 850 pesos.

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