El Senado buscará homologar tipo penal para feminicidio en todo México

Olga Sánchez Cordero, junto con Gabriela López Gómez promoverán una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

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El Senado busca homologar el delito de feminicidio para mejorar la impartición de justicia en este delito (Foto: Cuartoscuro)

Olga Sánchez Cordero, ex presidenta del Senado de la República, y Gabriela López, presidenta de la Comisión especial para dar seguimiento a los casos de feminicidio de niñas y adolescentes, buscarán homologar la tipología penal contra el delito de feminicidio en México, esto para abatir la impunidad en los casos.

Durante la presentación del libro “Maldita entre todas las mujeres”, de Saskia Niño de Rivera, este miércoles 26 de octubre se destacaron las diferentes realidades que violentan a las mujeres en México, donde su sufrimiento, generalmente, se traslada a la familia inmediata como hijos y padres, magnificando las circunstancias oprobias para el correcto desenvolvimiento de la vida.

A la ceremonia también acudió Alejandro Armenta Mier, presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, quien refirió que en el texto de la también activista se presentan testimonios de miles de mujeres que son violentadas, producto de un sistema patriarcal, que a lo largo de la historia consideró a la mujer como objeto de posesión, fetiche o de mercado.

Con ello, esperan reducir la
Con ello, esperan reducir la impunidad en este ilícito (Foto: Cuartoscuro)

Bajo esa lógica, López Gómez comentó que voces como las de Saskia generan líneas de acción y le da enfoque al trabajo legislativo para combatir este problema. “Porque no basta saber que una mujer o una niña es asesinada por sus propios familiares, cada once minutos en el mundo”, sentenció, ya que es 70 veces más probable que una mujer sea victimizada semanas posteriores al abandonar a su pareja.

De tal modo que la también abanderada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) advirtió niveles elevados de impunidad en feminicidios, además de que, contrastantemente, México es de los 16 países del mundo donde se tipifica este delito y, al mismo tiempo, es donde más se comete.

“El libro es desgarrador, es un tsunami de realidades que vivimos en el México de hoy, nos hará dudar de lo que somos, de lo que hacemos y de nuestras motivaciones; al leerlo nuestras vidas cambiarán para siempre, porque visibiliza a un sistema patriarcal arraigado por todos lados y, si no tomamos acciones, nada cambiará”

Por su cuenta, la también ministra en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero, enfatizó que desde el Senado se ha insistido en la homologación del tipo penal del feminicidio, pues hay 33 maneras de juzgarlo, una a nivel federal y uno por cada estado en México, por lo que presentó, junto con López Gómez, una iniciativa para incluir un tipo homologado de feminicidio, sin modificar el Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

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Buscan homologar el delito de feminicidio en toda la república (Foto: Cuartoscuro)

Para materializar esta intención, presentaron un proyecto para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), la cual está armonizada en todos los estados, para hacer más expedito el proceso, porque no hay mayor violencia que la que se comete al matar a una mujer por el simple hecho de ser mujeres, manifestó la legisladora de Morena.

De acuerdo con el Artículo 325 del Código Penal Federal (CPF), el homicidio de una mujer se considera feminicidio cuando cumple con, al menos, una de siete características; sin embargo, la punibilidad y protocolos de investigación no son iguales en las diferentes entidades de la república.

1. La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.

2. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.

3. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

4. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.

5. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

6. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

7. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

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