Reforma a la GN avanzó en tribunales: juez revocó amparo que frenaba su transferencia a la Sedena

Un juez federal determinó que es procedente el recurso presentado por el gobierno federal contra la suspensión a la reforma impulsada por el presidente López Obrador

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La reforma a la Guardia
La reforma a la Guardia Nacional avanzó en tribunales (Foto: Cortesía Presidencia)

Un tribunal federal determinó como procedente el recurso de apelación promovido por el gobierno federal contra la Reforma a la Guardia Nacional promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), lo cual marca un avance en la agenda de seguridad de la llamada Cuarta Transformación (4T).

Este miércoles 19 de octubre, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, con sede en Guanajuato, revocó la suspensión otorgada por la jueza Novena de Distrito en Irapuato, Karla Macías. Por lo que la reforma promulgada el 9 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) podría continuar su rumbo.

La suspensión provisional de la que se refiere el tribunal es la promovida el 11 de octubre, misma que fue impulsada desde la sociedad civil y tenía el objetivo de evitar que la Guardia Nacional (GN) se adscribiera de manera administrativa y operativa a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

De ganar la batalla en
De ganar la batalla en tribunales, la Sedena será la responsable de garantizar la seguridad pública y protección ciudadana (Foto: Cuartoscuro)

Ángel Castro Gómez, el civil que promovió el recurso para detener la indexación de la GN en la Sedena de manera permanente, argumentó que la iniciativa promovida por el ejecutivo federal y aprobada con mayoría simple en el legislativo federal contraviene lo sentenciado en el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), el cual determina que la Guardia debe de permanecer bajo el mando civil de la Secretaría de Seguridad Pública y Ciudadana (SSPC).

Sin embargo, los magistrados refutaron el recurso al determinar, por unanimidad, que Castro Gómez no cuenta con interés jurídico o legítimo para solicitar la suspensión de la modificación a la estructura organizacional de la Guardia Nacional. En ese sentido, los versados en derecho dijeron que sólo cuenta con interés simple, el cual no está permitido en materia de amparo, por lo que rechazaron la argumentación del quejoso.

Específicamente, el magistrado Gerardo Mendoza dijo que para que el amparo procediera, el quejoso estaba obligado a demostrar un perjuicio de difícil reparación directo y personal que pudiera tener como consecuencia de la reforma de AMLO a la Guardia Nacional, pero como esto no ocurrió, pues se desestimó.

“No se puede presumir válida y objetivamente que el decreto que ordena el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena le genere al quejoso un agravio diferenciado”

La otra controversia constitucional contra la Reforma a la Guardia Nacional

AMLO quiere que la GN
AMLO quiere que la GN se integre a la Sedena de manera permanente (Foto: Cuartoscuro)

En este contexto, cabe resaltar que existe otro amparo contra la iniciativa de AMLO, sólo que ésta fue promovida por la oposición en el Senado de la República, ya que 49 legisladores detractores de la 4T acudieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el 11 de octubre, para presentar una controversia constitucional, misma que pretende velar contra la estrategia de seguridad nacional del presidente López Obrador.

En consecuencia, la Fiscalía General de la República (FGR), por medio del Ministerio Público Federal (MPF), promovió una impugnación contra la suspensión provisional a la reforma. Ésta fue presentada el lunes 17 de octubre ante un juez federal adscrito al juzgado Noveno de Distrito en Guanajuato quien recibió el oficio correspondiente y lo remitió al tribunal colegiado del mismo estado.

“Para la sustanciación del citado medio de impugnación, remítase de inmediato el original y copia del escrito de expresión de agravios, así como copia certificada del incidente de suspensión en que se actúa, al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito, en turno; comunicándole en vía de informe que a través del proveído recurrido se concedió la suspensión provisional respecto de los actos reclamados; no obstante, se sostiene su legalidad al tenor de las razones y fundamentos ahí expuestos”

De tal modo que la iniciativa del jefe del ejecutivo federal continúa suspendida; no obstante, la determinación de este miércoles representa una victoria para el gobierno de AMLO y su agenda en materia de seguridad pública y protección ciudadana.

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