Juez negó amparo a Rosario Robles

La ex funcionaria fue acusada de lavado de dinero, desvío de recursos públicos y delincuencia organizada

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Rosario Robles ya presentó una impugnación tras la resolución del Juez. 
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Rosario Robles ya presentó una impugnación tras la resolución del Juez. (FOTO/CUARTOSCURO.COM)

Un Juez Federal le negó el amparo a Rosario Robles, con el cual la ex titular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) buscaba que fuera cancelado su proceso de vinculación por el caso de la Estafa Maestra. Entre los argumentos de la ex funcionaria se encontraba que el delito atribuido por la Fiscalía General de la República (FGR) ya no estaba vigente en las normas federales cuando fue inculpada.

Fue el tercer Juez de Distrito en Amparo de la Ciudad de México, Augusto Octavio Mejía Ojeda, quien resolvió que la infracción por uso indebido del servicio público no fue derogado, tal como lo presentó la defensa de Robles.

Del mismo modo, Mejía Ojeda calificó de correcta la decisión de Ghanter Alejandro Villar Ceballos, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal, de no decretar el sobreseimiento de la causa penal número 314/2019 en febrero de este mismo año. En dicha causa, la también ex titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), fue acusada de haber pasado por alto el desvío de más de 5 mil millones de pesos de las secretarías que tuvo a su cargo.

La ex titular de Sedesol podria regresar a la vida publica tras la resolución de su caso, esto de acuerdo con Mariana Moguel Robles, hija de la ex funcionaria. 
FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM
La ex titular de Sedesol podria regresar a la vida publica tras la resolución de su caso, esto de acuerdo con Mariana Moguel Robles, hija de la ex funcionaria. FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM

A principios de este año fue cuando Robles presentó un amparo al Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal, gracias a él se dejó sin efecto la resolución del 2020 y se determinó que se revisaría el caso para resolver si el delito todavía se encontraba vigente. No obstante, en la nueva audiencia Villar Ceballos decidió que el presunto delito no prescribía, por lo cual se negó a determinar el sobreseimiento, esto apegado al artículo 327, fracción VII, del Código Nacional de Procedimientos Penales.

En la resolución del Juez Federal, se determinó que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) no contenía decretos opuestos al Código Penal Federal para atribuir que la primera derogó el delito. Robles pretendía que la LFPRH le jugara a su favor, pues según ella, el segundo artículo transitorio establecía que todas las disposiciones opuestas a sus lineamientos serían retiradas.

No existe relación de subordinación entre dichas normas, ya que guardan entre sí el mismo nivel jerárquico. Además, ambos ordenamientos regulan la actuación de servidores públicos frente a un acto que represente, como en el caso, una potencial afectación al patrimonio de la Federación; aunado a ello, existe autonomía entre las sanciones administrativas y penales”, mencionó el juez de amparo.

Ante el escenario, Rosario Robles ya introdujo un recurso para la revisión en contra de la decisión del Juez. La presentación de esta nueva alternativa ya fue aceptada a trámite por el Noveno Tribunal Colegiado en materia penal de la Ciudad de México. Por lo que el proceso de la ex funcionaria continuará en proceso; sin embargo, el caso no puede continuar pues las autoridades deberán esperar la resolución del amparo en las últimas instancias, o sea, cuando se vuelva a revisar el recurso presentado por Robles.

Robes fue liberada el pasado 19 de agosto. 
FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM
Robes fue liberada el pasado 19 de agosto. FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM

En agosto de este año, la extitular de Sedesol y Sedatu salió del penal de Santa Martha Acatitla después que el juez Villas Ceballos le concediera a la ex funcionaria continuar su proceso bajo libertad condicional, las estipulaciones de este acuerdo establecía que no podía salir del país y tenía que presentarse cada 15 días a la Unidad de Medidas Cautelares.

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