Una de las celebraciones más recordadas entre las familias y la mayoría de las veces es el matrimonio, pues en la actualidad no todas las parejas optan por hacerlo como se hacía en épocas anteriores. Sin embargo, si es su deseo contraer nupcias, entonces está información le va a interesar.
Y es que detallaremos cuál es el costo y requisitos para contraer matrimonio por lo civil. Aunque la diferencia principal en este caso es que se trata de un procedimiento que se podrá solicitar a domicilio.
En ese sentido, será importante destacar que uno de los requisitos primordiales para poder acceder a este beneficio desde un salón de fiestas, casa, o cualquier otro sitio deseado y fuera del Registro Civil, será que una de las dos personas que contraerá matrimonio debe tener su domicilio en la Ciudad de México, pues se trata de una oportunidad solo para los residentes de esta zona.
¿Cómo solicitarlo?
*Los interesados deberán presentarse en alguno de los Juzgados de la CDMX.
*Solicitar y agendar su cita. Aunque el tiempo de acreditación y revisión de documentación es de hasta 8 días hábiles.
¿Cuáles son los requisitos?
-Contar con su solicitud de registro desde el portal oficial del gobierno de la CDMX.
-Presentar la identificación oficial de los involucrados.
-Contar con la mayoría de edad.
-Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
-Constancia de no deudor de ambos.
-Copia certificada de ambos.
-Constancia de un curso prenupcial autorizado por el juez del Registro Civil.
Al respecto, el gobierno de la Ciudad de México consideró algunos precios para realizar el trámite.
¿Cuáles son los costos?
*2 mil 700 si es a domicilio
*8 mil 300 si el sitio para el evento está muy lejos.
*MIl 300 si se realiza desde el Registro Civil
La cita tendrá que solicitarse de manera presencial en uno de los 51 juzgados de la CDMX para iniciar con el trámite.
Por otra parte, será necesario recordar que de acuerdo con la Asociación Mexicana de Afores (Amafore) se puede retirar una parte proporcional de su cuenta de ahorro, para poder enfrentar los gastos de su evento, es decir de su matrimonio.
Sin embargo, el retiro únicamente es válido cuando el empleado se encuentra activo en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es decir, debe estar laborando al momento de solicitarlo o dentro de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de su baja.
Esta oportunidad puede solicitarse solo una vez en la vida y tendrá la opción de acceder al equivalente de 30 días el salario mínimo vigente a la fecha de la boda.
Para autorizarlo el interesado deberá presentar la resolución de ayuda de gastos de matrimonio del IMSS. En este caso, el trámite se realiza en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente y solicitar la resolución. El horario de atención se considerará de lunes a viernes de las 10 de la mañana a 4 de la tarde.
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