Este jueves 29 de septiembre, Michoacán dio un paso en cuanto a la pena contra feminicidas, pues la junta del Congreso del estado aprobó por unanimidad el aumento a 60 años de prisión como pena máxima por el delito de feminicidio.
Se trata del proyecto de decreto por el que se reforman y se agregan ciertos párrafos de los artículos 22, 31, 119, 120 y del 122. Todos del Código Penal para el Estado de Michoacán elaborados por las Comisiones de Justicia y de Igualdad Sustantiva y de Género.
El dictamen se puso a votación ante el pleno y los diputados locales finalmente se inclinaron a favor por la reforma específicamente del artículo 120 del Código Penal, a través del cual podrán establecerse sanciones mucho mayores a quienes cometan el delito de feminicidio.
Los puntos que se leyeron durante la sesión para su aprobación fueron los siguientes:
- La prisión consiste en la privación de la libertad personal, su duración no será menor de 6 meses, ni mayor de 60 años.
- Tratándose de la tentativa del delito de feminicidio se aplicará la pena de prisión desde la mitad a las 2 terceras partes de la pena correspondiente al delito consumado.
-Homicidio de persona menor de edad: a quien dolosamente prive de la vida a una persona menor de 18 años de edad se le aplicara una pena de 25 a 60 años de prisión.
- El homicidio doloso de una mujer se considerará como feminicidio cuando se actualice alguna de las siguientes circunstancias: cuando existan antecedentes de violencia psicológica o abuso sexual del sujeto activo contra la mujer o existan datos que establezcan que hubo amenazas o acoso relacionado con el hecho delictuoso.
- Cuando el cuerpo o restos de la victima sean abandonados u ocultados en lugar publico, o despoblado o solitario o en un terreno o baldío. Cuando el paradero de la victima sea desconocido o la victima haya sido incomunicada previo o posterior a la privación de su vida.
- Al existir relaciones asimétricas de poder o situaciones de vulnerabilidad subordinación o discriminación desfavorables para la víctima por el hecho de ser mujer frente al sujeto activo o cuando este aproveche la confianza que exista con la víctima derivada de una relación sentimental, de pareja o de cualquier índole.
- En caso de que la víctima haya estado embarazada, en ese caso, si el producto de la concepción pierde la vida, se impondrá al agresor una pena adicional de 15 a 35 años de prisión a las sanciones que le correspondan por el delito de feminicidio.
- Se tomará como feminicidio si la mujer al momento de la privación de la vida ejercía actividades de índole sexual o era víctima de trata de personas.
- Al hombre o mujer que cometa el delito de feminicidio se le impondrá una pena de 25 a 60 años de prisión, y multa de 500 a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
- Se considerará feminicidio infantil cuando el homicidio recaiga en una niña o adolescente menor de 18 años, en este caso la pena se aumentará hasta en una mitad más.
- En ese caso, la penas previstas en el artículo se incrementarán hasta en una tercera parte si el delito fuera cometido previa suministración de cualquier sustancia que acuse la inconsciencia de la víctima o disminuya la posibilidad de resistir el delito.
Al respecto, el diputado de la bancada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Juan Carlos Barragán Vélez, se pronunció a favor de lo establecido. “Hoy este Congreso atiende una de las demandas más sentidas de las mujeres [...] El feminicidio es la manifestación más grave de violencia contra las niñas y mujeres, ya que de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública se han registrado 17 casos de enero a agosto del presente año”, indicó.
Morelia se coloca como la quinta ciudad entre las 100 más peligrosas para que las mujeres vivan, con 8 casos reportados en los dos primeros meses del 2022. Por tal motivo, con esta reforma Michoacán está dando un gran paso, pues Vélez corroboró que en el Congreso se está legislando para prevenir el delito de feminicidio y visibilizar el feminicidio infantil y los cometidos contra las mujeres con discapacidad.
El Congreso hizo historia al atender una de las más grandes demandas de las mujeres y la sociedad, pues fueron un total de 12 iniciativas y 2 comunicaciones presentadas por colectivas feministas, sociedad civil, diputadas y diputados las cuales fueron analizadas para conformar esta reforma integral.
A través de este dictamen, el gobierno de Michoacán reiteró su compromiso por generar las condiciones legales para que las penas contra feminicidas sean ejemplares y sin impunidad.
Por otro lado, Oscar Escobar Ledesma, diputado perteneciente al Partido Acción Nacional (PAN) , también subió al estrado y tomó la palabra para mostrar su respaldo a la reforma y su agradecimiento a las comisiones de justicia y de igualdad sustantiva por lo comprometidos que se encuentran hacia las mujeres y niñas de Michoacán.
“Nuestro trabajo debe ser adecuado a las nuevas realidades y de forma prioritaria para garantizar los derechos de las mujeres y de las niñas porque la violencia contra ellas ha sido extendida y arraigada en el mundo”, señaló.
Cabe mencionar que Ledesma presentó dos de las propuestas reflejadas, una de las cuales es el homicidio por razón de parentesco, es decir, cuando se acredite que el asesino de la víctima fue un familiar, el sujeto tendrá que ser sancionado de una manera más severa. Y la segunda es que por primera vez en el Código Penal ya está catalogado el feminicidio infantil, en dicho rubro entra la agresión en contra de una niña recién nacida hasta una menor antes de que alcance los 18 años de edad.
El sentido de la prevención en el feminicidio
Los legisladores, reconocieron que en México se manejan alarmantes cifras de feminicidios y el estado de Michoacán es uno de los más violentos que contribuye a mantener esos altos índices de delitos contra las mujeres.
Así lo expresó la diputada del Partido del Trabajo (PT) María Gabriela Cázares Blanco. “El objetivo final debe ser garantizar el derecho humano a una vida libre de violencia para las mujeres,” reiteró también la prevención de las distintas formas de violencia que se ejercen sobre las mujeres y el trabajo constante que todavía falta por realizar en el sistema de justicia, porque si no se logra capturar primero a los feminicidas las penas máximas no van a funcionar.
“Las mujeres no queremos solamente que les den muchos años a los feminicidas, queremos que dejen de matarnos y para ello se requieren también acciones de prevención, se requiere que cada institución trabaje con perspectiva de género, el propio Congreso, las Fiscalías, todas las instancias”, señaló la diputada del PT.
No está de más recordar que el feminicidio es la última violencia que vive una mujer, pero generalmente es el resultado de acciones violentas previas que no fueron atendidas a tiempo o que muchas veces fueron denunciadas pero que no se hizo nada al respecto.
La lucha continua para enfrentar y eliminar el feminicidio en México cuenta ya con varias propuestas, tal es el caso de la iniciativa presentada el pasado mes de julio por las senadoras Olga Sánchez Cordero y Gabriela López Gómez, ambas militantes del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), la cual plantea unificar la tipificación del delito de feminicidio en todo el país.
La propuesta de las legisladoras morenistas es reformar el Código Penal Federal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer criterios que permitan a las autoridades de todos los estados utilizar los mismos parámetros de razonamiento y argumentación para investigar y sancionar este delito.
El objetivo primordial es combatir la impunidad y prevenir cualquier posible error en la integración de las carpetas de investigación derivado de las diferencias que hay entre los códigos penales estatales.
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