SAT: cuál es el límite anual de deducción de impuestos por cada nivel educativo

Los derechohabientes podrán benefiarse y deberán presentar la factura correspondiente al grado escolar de sus hijos

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Un grupo de alumnos en
Un grupo de alumnos en una escula de la CDMX. (Foto: Karina Hernández / Infobae

Deducir algunos gastos siempre será uno de los mejores beneficios a favor de una persona, pues incluso al realizar su declaración de impuestos se abre la posibilidad de presentar facturas de pagos que haya realizado como el de la escuela de sus hijos, proceso que puede desencadenar en el regreso de un pequeño monto para el contribuyente.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se permite deducir el pago de colegiaturas al presentar la declaración anual de impuestos. Los niveles que se podrán considerar son desde el preescolar hasta el de bachillerato y a continuación explicaremos cuánto es el monto límite que se permite por cada nivel educativo.

Sin embargo, para que sea válido el derechohabiente tendrá que contar con el comprobante de pago correspondiente.

Se pueden deducir todos los
Se pueden deducir todos los niveles. Foto: Karina Hernández / Infobae

¿Cómo aplica la deducción de impuestos de una escuela?

El derechohabiente deberá solicitar una factura a la escuela en el momento que se realiza el pago. Sin embargo, la institución educativa tendrá que estar registrada en la base de datos del fisco.

El documento debe incluir datos como: nombre del estudiante, Clave Única de Registro de Población (CURP), comprobante de nivel educativo del estudiante, proporcionar el RFC del contribuyente que realiza los pagos.

Aunque para aplicar dichos gastos de manera anual se deberán respetar ciertos montos respecto al nivel educativo.

¿Cuál es el límite de deducción por cada nivel educativo?

-Preescolar: 14 mil 200 pesos.

-Primaria: 12 mil 900 pesos.

-Secundaria: 19 mil 900 pesos.

-Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.

-Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.

Para hacer efectivo este beneficio el interesado deberá contar con el comprobante de pago correspondiente. Es decir, tendrá que comprobar que la institución educativa a la que acceden sus hijos se encuentre autorizada o cuente con el reconocimiento de validez oficial, en términos de la Ley General de Educación.

¿Cómo verificarlo?

*El interesado deberá ingresar a la siguiente herramienta del SAT. Aquí

*Se requiere tener a la mano el Registro Federal del Contribuyente (RFC) de la institución o razón social.

De acuerdo con el fisco, los contribuyentes deberán considerar lo siguiente

-Que la escuela cuente con autorización o reconocimiento de validez oficial en los términos de la Ley General de Educación.

-Que el comprobante contenga el nombre completo, CURP y nivel educativo del alumno.

-Que se precise por separado el importe y concepto de los servicios que corresponden exclusivamente a la enseñanza del mismo.

Es importante recordar también que, el padrón de escuelas se actualiza constantemente, derivado de la información que proporcionan los contribuyentes, por las propias instituciones educativas que se acercan a aclarar su situación o corregir su actividad económica ante el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, por lo que también deberán proporcionar la Clave del Centro de Trabajo (CCT) y el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios vigentes.

Otros gastos que pueden ser deducibles son los funerarios, que podrán considerarse con factura en mano y de personas cercanas como: padres, hijos, abuelos, nietos, cónyuge o concubina/o. Así como gastos de salud, médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

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