Diminutas monedas de 5, 10 o hasta 20 centavos suelen ser un poco difíciles de manejar. Sin embargo, siguen teniendo validez y ningún establecimiento puede negarse a aceptarlas e incluso se puede levantar una queja ante la autoridad competente en caso de encontrarse en una situación similar.
Y es que de acuerdo con el Banxico, el Código de Comercio establece en el artículo 635 que la base de la moneda mercantil es el peso mexicano, y sobre esta base se harán todas las operaciones de comercio y los cambios sobre el extranjero.
En ese sentido, la autoridad financiera aseguró que el establecimiento está obligado a recibir hasta 100 piezas de monedas metálicas de cada denominación en un mismo pago; lo anterior, de conformidad con los artículos 2º. y 5º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, que establecen que las monedas metálicas de 50, 20, 10, 5, 2 y un pesos, así como de 50, 20, 10, y 5 centavos, tendrán poder liberatorio limitado al valor de 100 piezas de cada denominación en un mismo pago.
Además, los artículos 7o. y 9o. de dicha Ley establecen que las obligaciones de pago de cualquier suma en moneda mexicana se denominarán invariablemente en pesos y, en su caso, sus fracciones. Dichas obligaciones se solventarán mediante la entrega, por su valor nominal, de billetes del Banco de México o monedas metálicas de las señaladas en el artículo 2º.
¿Cómo levantar una queja en caso de que no acepten sus monedas o billetes?
*Si el problema se presenta en un banco, es decir, que no acepte los ejemplares de circulación actual. El reporte se puede realizar llamando al Banxico en el número telefónico siguiente: 800-2269426 o escribir a la siguiente dirección de correo electrónico: dinero@banxico.org.mx.
*En caso de registrarse en un establecimiento comercial, entonces se puede presentar una denuncia ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco). El número de atención: 55-5568-8722 en la Ciudad de México o Zona Metropolitana, o al 800-468-8722 larga distancia sin costo en el resto del país.
La queja también se podrá levantar directamente en la delegación o subdelegación de la Procuraduría Federal del Consumidor. Para ubicarlas podrá ingresar al siguiente enlace. Aquí
Hay que recordar que los bancos están obligados a tener billetes y monedas de todas las denominaciones que estén circulando. Sin embargo, si ocasionalmente no dispusieran de billetes y monedas metálicas de las denominaciones solicitadas, pueden entregar billetes o monedas metálicas de las denominaciones de que dispongan más próximas a las demandadas.
El Banxico también anunció que podrán cambiar billetes rotos, manchados o desmonetizados, lo único que deberá hacer el ciudadano es acudir a unas de las más de 7 mil sucursales del país.
¿Cuáles son los requisitos para el canje?
*Todas las sucursales bancarias podrán brindar el servicio sin importar que sea cliente o no.
*El objetivo es canjear las piezas por otras de diferente denominación.
*Además podrán sustituir algunos ejemplares, es decir, billetes y monedas metálicas no aptos para circular como son: piezas deterioradas, en proceso de retiro, desmonetizadas y billetes deformados. A cambio se ofrecerán piezas por su equivalente y aptas para circular.
*Si lo desea, podrá solicitar la valoración de fracciones de billetes o billetes marcados, así como su canje, en caso de que proceda.
*Si se requiere, tiene la opción de cambiar monedas que estuvieron vigentes hasta el 31 de diciembre de 1992. Sin embargo, su valor actual equivale a la denominación que indican entre mil. Ejemplo: un billete desmonetizado de 10 mil pesos (anterior a 1993), tiene un valor actual de 10 pesos.
Será necesario recordar también que, los billetes que son presuntamente falsos se podrán enviar a Banxico para su análisis. El servicio también es gratuito.
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