SAT amplió plazo para Carta Porte: qué es y cómo funciona

El principal objetivo es que el sector transporte se adapte al uso de esta factura electrónica

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El SAT dio prórroga. (Foto: Cuartoscuro)
El SAT dio prórroga. (Foto: Cuartoscuro)

Una prórroga más emitió el Servicio de Administración Tributario (SAT), pero en esta ocasión la ventaja se inclinará a favor de los transportistas de mercancías. Y es que el fisco anunció que se ampliará el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en el uso de la factura con complemento Carta Porte.

De acuerdo con el SAT el principal objetivo es que el sector transporte se adapte al uso de esta factura electrónica, para seguir con la reactivación económica en beneficio de dicho rubro y del país en general.

Para los que han cumplido con lo establecido, es decir, con la emisión de este documento, la autoridad fiscal agradeció a los contribuyentes, ya que aplaudió a aquellos que han implementado adecuadamente el uso de la factura con todos sus datos y requisitos.

El plazo será hasta diciembre. (Foto: Cuartoscuro)
El plazo será hasta diciembre. (Foto: Cuartoscuro)

¿Cuál es la fecha de prórroga?

El nuevo plazo está establecido para el 31 de diciembre de 2022. De ese modo, los ciudadanos que aún no se adaptan, tendrán que iniciar con la emisión adecuada del documento.

Se trata además de una estrategia para bajar la evasión, elusión fiscal y combatir la corrupción.

En tanto, hay que recordar que como parte de la Miscelánea Fiscal 2022 se solicitará este documento, no solo para amparar y regular el transporte de mercancía a territorio nacional, sino también de bienes particulares que sea traslado en el país.

¿Qué es y cómo funciona la factura para Carta Porte?

Según el fisco, el CFDI es un documento fiscal digital, que se emite por la prestación de servicios de autotransporte, tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.

Asimismo, en el CFDI se debe desglosar el traslado y en caso de que el receptor sea persona moral, debe efectuar la retención del IVA.

Además, de acuerdo con la nueva regla aplicada en la Miscelánea, todo poseedor, tenedor o propietario de “bienes o mercancías” que conformen parte de sus activos, tienen que tramitar un Complemento de Carta Porte (CCP) ante la autoridad fiscal.

En ese sentido, al abrir el concepto de no sólo mercancías sino incorporar además a otros bienes, podría ser aplicable para cualquier movilización de objetos, o productos y no sólo cuando están destinados a su comercio o como suministro para alguna industria, sino que puede referirse a casi cualquier tipo.

El principal objetivo es que el uso del complemento Carta Porte disminuya el contrabando, además de que se tendrá trazabilidad de los productos que ingresan y circulan por el país.

Reiteró que el complemento Carta Porte no se requiere para la circulación dentro de las ciudades. Es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte. Tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que transiten por vías locales.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

Según el SAT, aquellos que deberán considerar el trámite de este documento son:

-Los que se dedican al traslado de bienes o mercancías deberán emitir un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que está prestando, así como el traslado en territorio nacional.

-Si le contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberá emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento Carta Porte.

-Si es el propietario de los bienes o mercancías o actúa como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emita un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional.

Un ejemplo sería en caso de que lo contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, tendrán que emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte.

También si se transporta un lote de zapatos con su propio camión de carga desde Guanajuato a la CDMX, deberá emitir una factura electrónica de traslado con complemento Carta Porte.

Si es el propietario de los bienes o mercancías y necesita trasladarlas con sus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), también deberá emitir una factura electrónica de tipo traslado con el complemento Carta Porte.

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