FGR resolvió que AMLO no será llamado a comparecer en el caso contra Pío López Obrador

Se detalló que el presidente goza de una excepción en cuanto a solicitudes para que declare

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Pio Lopez Obrador (Foto: Twitter@JoseTakata7)
Pio Lopez Obrador (Foto: Twitter@JoseTakata7)

Luego de la solicitud de la defensa legal de Pío López Obrador para que su hermano, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) fuera llamado a declarar ante el Ministerio Público, la Fiscalía General de la República (FGR) resolvió no citar al mandatario federal.

La resolución de agosto fue notificada por el Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) a los abogados de Pío López Obrador en donde se detalla que por su investidura no puede ser llamado a comparecer.

“De acuerdo con lo que establece el artículo 90 del Código Nacional de Procedimientos penales y debido a la investidura del testigo del cual solicita se recabe de su declaración, no resulta procedente citar al Presidente de la República ante este Órgano Ministerial efecto de que comparezca ya que en ese dispositivo jurídico se establece de manera expresa excepción de comparecencia del titular del Ejecutivo Federal”
AMLO y su hermano Pío
AMLO y su hermano Pío López Obrador (Foto: Archivo)

La misiva fechada con el 17 agosto fue firmada por el titular de la fiscalía, Héctor Sánchez Zaldívar, quien realiza la investigación contra el hermano de presidente López Obrador por la presunta comisión de delitos electorales por las “aportaciones para el movimiento” realizadas en el 2015.

Aunque no puede ser llamado el presidente para que de su testimonio en el caso, se mencionó que aún puede acudir a comparecer bajo su propia voluntad apegado a las reglas de “testimonios especiales” que la Ley contempla. De ese modo, renunciaría a la excepción de no comparecer por su investidura y declarar por escrito o vía electrónica.

“El presidente de la República podrá comparecer ante el Órgano Ministerial si previamente renuncia a su derecho a no comparecer y en este caso estar a lo dispuesto por la fracción uno del numeral 365 del referido Código Adjetivo de la Materia y desahogar su declaración bajo el procedimiento de las reglas señaladas para los testimonios especiales”

Cabe señalar que en la mencionada fracción del artículo 365 del Código Nacional de Procedimientos penales se indica que hay excepciones para comparecer, quienes son el Presidente de la República, los Secretarios de Estado federales; el Procurador (Fiscal) General de la República; los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; los Diputados y Senadores, los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y los Consejeros del Instituto Federal Electoral.

AMLO en la mañanera (Foto:
AMLO en la mañanera (Foto: Archivo)

La petición de la defensa del hermano de AMLO se hizo para que acudiera a declarar sobre los recursos recibidos que calificó como “aportaciones para fortalecer el movimiento” en su conferencia mañanera del 21 de agosto del 2020.

“Si el presidente de la República habló públicamente sobre los hechos materia de investigación en la carpeta que nos atiene, dijo saber para qué se utilizaba el dinero en cuestión y mostró su completa disposición a declarar, considero que es indispensable que se tome su declaración efecto de esclarecer los hechos”, se señaló en el recurso interpuesto.

De acuerdo con Milenio, funcionarios de la fiscalía señalaron que el área jurídica de la FEDE determinó que existen elementos para continuar con la investigación relacionada a los videos difundidos donde Pío López Obrador recibe sobres de dinero por parte de David León, ex director de Protección Civil.

Esto luego de que en el pasado la Fiscalía propusiera cerrar el caso de los videoescándalos de Pío López Obrador en julio. Poco después la propia FEDE aseguró que no habrá carpetazo.

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