Viajar con amigos borrachos o con animales: todo lo que prohibe el reglamento del Metro de la CDMX

Un video de un grupo de amigos en aparente estado de ebriedad se volvió viral en TikTok

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Una persona carga un animal.
Una persona carga un animal. (Foto: Reuters)

“Llegamos juntos, nos vamos juntos” esta fue la frase que utilizó un grupo de amigos durante un video que los catapultó como uno de los más vistos en la novedosa red social de TikTok, luego de que ingresaron a las instalaciones del Metro, pero uno de los integrantes fue captado en presunto estado de ebriedad.

En las imágenes se puede apreciar a 3 jóvenes arrastrando a un cuarto elemento de pies y brazos, que se notaba inconsciente. En ese sentido, daremos a conocer cuál es el reglamento que maneja el también popularmente llamado “gusano naranja”, para en caso de encontrarse en una situación similar, analice qué hacer.

Se trata de una serie de acciones que se deberán evitar o no podrá acceder a ninguna estación del Sistema de Transporte Colectivo Metro, así lo marca artículo 230 del reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.

Un joven fue arrastrado inconsciente
Un joven fue arrastrado inconsciente en el Metro de la CDMX y se volvió viral (Foto: TikTok/crisroaz27)

¿Qué se prohíbe a los usuarios?

-Acceder con bolsas grandes o maletas que estorben el movimiento o causen molestias a los demás pasajeros.

-El reglamento no permite hacer uso de las estaciones o de las unidades en general en estado de intoxicación por alcohol o por cualquier otra sustancia.

-Transportar animales, excepto animales de asistencia o de servicio, es decir, perros guías.

-Tampoco se puede fumar, prender cerillos o encendedores dentro de las estaciones.

-Maniobrar los vehículos en cualquier zona del sistema de transporte.

-Accionar los dispositivos instalados, con excepción de los destinados al uso de los pasajeros.

-Invadir cualquier área que no esté destinada al transporte de los usuarios, y en particular, las vías, carriles confinados, o los túneles por donde circulen los vehículos de este tipo de transporte.

-Poner obstáculos al cierre de las puertas o tratar de abrirlas.

Vagón de mujeres del metro
Vagón de mujeres del metro de Ciudad de México. Foto: Karina Hernández / Infobae

-Rebasar las líneas de seguridad marcadas en los bordes de los andenes, excepto para ascenso o descenso.

-Arrojar objetos a las vías o al exterior por las puertas y ventanas.

-Sacar partes del cuerpo por las ventanas.

-Hacer funcionar dentro de las unidades, carros y vagones, o en las estaciones, aparatos de sonido u otros objetos o dispositivos sonoros.

-Transportar materiales inflamables de fácil combustión o mal olientes que pongan en peligro la seguridad o comodidad de las personas.

-Ejercer el comercio ambulante, en las unidades, carros o vagones, andenes, estaciones, túneles, corredores, escaleras, zonas de acceso, salidas y zonas de distribución y zonas de acceso y salida de las estaciones en un polígono de 25 metros.

-Permanecer en las instalaciones, fuera del horario establecido para el servicio de transportación, o cuando así lo indique el personal operativo competente.

-Ingresar a las cabinas de conducción de los trenes o a las instalaciones reservadas para uso exclusivo del personal autorizado.

-Distribuir publicidad, fijar, adherir carteles o cualquier tipo de propaganda sin el permiso que para tal efecto expida la autoridad competente.

-Dañar, grafitear, escribir, pintar, rayar o dibujar, en los cristales, paredes, vagones, corredores y demás instalaciones de Transporte Público.

-Viajar en zonas exclusivas para usuarios con discapacidad, personas adultas mayores y mujeres, cuando la persona usuaria no se encuentre dentro de esa condición específica, en el Sistema de Transporte Colectivo “Metro”, viajar en los vagones exclusivos para mujeres y niños menores de 12 años y ocupar los asientos reservados para personas con discapacidad adultos mayores, mujeres embarazadas o con menor en brazos.

-Obstaculizar zonas de acceso, salidas, unidades, carros y vagones, andenes, estaciones, túneles, corredores, escaleras y en general, todos aquellos puntos de circulación peatonal y del propio medio de transporte;

-Transportar objetos que puedan causar daño a las instalaciones, carros o trenes del medio de transporte. Las infracciones a las que hace referencia el presente artículo, serán sancionadas conforme a los ordenamientos que resulten aplicables.

De ese modo, tras el chusco momento de “amistad” que se desarrolló en la estación de Allende, de la Línea 2 del Metro. El STC se pronunció al respecto y reveló que: "

“El domingo por la noche, se solicitó el retiro de tres personas que ingresaron en estado etílico y jugando, a la estación Allende de la L2. Es importante conocer el reglamento y atender las medidas de seguridad, para hacer uso correcto de las instalaciones”.

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