Recientemente la Cofepris dio a conocer los elementos básicos que debe contener el correcto etiquetado de suplementos alimenticios y de esa manera evitar dañar nuestra salud.
¿Qué es un suplemento alimenticio?
De acuerdo al Artículo 215 Fracción V de la Ley General de Salud un suplemento alimenticio es: producto a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, los cuales pueden estar o no adicionados de vitaminas o minerales y cuya finalidad es la de incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir algún componente.
Elementos que SÍ debe llevar la etiqueta
- Debe contar con la denominación que indique que se trata de un suplemento alimenticio.
- Tener visible la lista de sus ingredientes.
- Mantener a la vista las siguientes leyendas:
“El consumo de este producto es responsabilidad de quien lo recomienda y de quien lo usa”.
“Este producto no es un medicamento”.
- Deberá indicar la razón social y domicilio del fabricante importador, envasador, maquilador o distribuidor nacional o extranjero, según sea el caso.
- Contar con un código específico de identificación llamado lote y ostentar fecha de caducidad, misma que debe estar vigente.
- En caso de contener algún ingrediente que pudiera representar un riesgo inmediato para la salud de los consumidores, debe contar con Leyendas de Advertencia o precautorias.
- Instrucciones para su empleo y conservación.
- Indicar la edad a partir de la cual se recomienda su uso.
- Todos los suplementos alimenticios deben contar con declaración nutrimental.
Elementos que NO debe llevar la etiqueta
- No debe contener información que confunda, exagere o engañe en cuanto a su composición, origen, efectos y otras propiedades del producto.
- Imágenes relacionadas con órganos o partes del cuerpo.
- El nombre del producto no tiene que hacer referencia a una parte del cuerpo o padecimiento.
- Leyendas que afirmen que el producto cubre los requerimientos nutrimentales o que puede sustituir alguna comida.
- Principalmente ingredientes prohibidos: procaína, efedrina, yohimbina, germanio, estupefacientes, psicotrópicos, hormonas animales o humanas y plantas no permitidas por su acción o por su toxicidad.
- No deberá encontrarse publicado como alerta sanitaria en la página electrónica de Cofepris. En el siguiente link podrá consultar la lista: https://www.gob.mx/cofepris/documentos/alertas-sanitarias-de-suplementos-alimenticios
- En caso de que el producto se encuentre en la lista, no podrá comercializarse dentro del territorio nacional, pues quiere decir que no cumple con la legislación sanitaria vigente, por lo tanto puede significar un importante riesgo para la salud.
- Atribuirle propiedades: preventivas, curativas, auxiliares, fortalecedoras, rejuvenecedoras, aliviadoras de enfermedades o padecimientos, etc.
Fabricantes o importadores
En caso de ser fabricante o importador deberá realizar una Consulta de Clasificación de producto como suplemento alimenticio, es un trámite totalmente gratuito mediante el cual la autoridad sanitaria con base en la formulación y etiquetado de productos podrá corroborar si se cumple o no con el marco jurídico.
La Consulta es una opinión técnica por lo tanto no corresponde a una autorización sanitaria, solo existen tres posibles respuestas:
1. Es suplemento alimenticio.
2. Solicitud de información.
3. No es suplemento alimenticio.
El trámite se puede solicitar vía internet por medio de la siguiente liga:
Recordatorios generales
- No cura enfermedades.
- No baja de peso.
- No aumenta la masa muscular.
- No rejuvenece.
- No sustituye un tratamiento médico.
- No sustituye una comida.
- No puede ser fabricado en otro país e ingresar libremente a territorio nacional.
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