La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se pronunció la tarde del pasado lunes acerca del caso de una mujer de Delicias, Chihuahua que fue víctima de violencia obstétrica, lo cual derivó en el fallecimiento de su hija recién nacida.
De acuerdo con la recomendación emitida por la organización defensora de los derechos humanos, fueron cuatro personas servidoras públicas integrantes del personal médico y de enfermería de la Clínica Hospital B del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Delicias, Chihuahua quienes incurrieron en actos de negligencia en contra de una mujer que sufrió desprendimiento total de la placenta y de su hija recién nacida, la cual perdió la vida con diagnóstico de insuficiente oxigenación cerebral y síndorme post parto.
La víctima, interpuso una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en donde señaló que la fecha programada de su parto era el 9 de marzo de 2019, no obstante, el día previsto se le informó que no contaba con la dilatación necesaria para dar a luz por lo que llegada a las semana 41 se le practicaría una cesárea.
Fue hasta el 15 de marzo que, durante su estancia en la Cínica B del ISSSTE, personal médico instruyó para dar seguimiento constante de su caso, sin embargo, dichas indicaciones no se cumplieron ya que posteriormente a la mujer embarazada se le detectó sangrado e inmovilidad en su vientre por lo que fue trasladada al área de urgencias donde perdió el conocimiento hasta el día siguiente, ocasión en la que le informaron que su hija había fallecido después del parto.
Tras los hechos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se dio a la tarea de recabar las evidencias suficientes, las cuales revelaron que las autoridades señaladas como responsables incurrieron en omisiones, inobservancia de las normas relacionadas a la integración del expediente clínico e inadecuada observación médica al haber inducido el trabajo de parto con oxitocina sin las valoraciones previas apropiadas.
Del mismo modo, la organización defensora de los derechos humanos señaló que también se pudo establecer negligencia, al dejar evolucionar el trabajo de parto cuando era evidente una anormalidad en su desarrollo, sin brindar la oportunidad de la interrupción del embarazo de forma temprana a través de una cesárea, y que dicho factor influyó directamente en el deterioro de salud de la madre y al fallecimiento de la recién nacida.
Bajo ese tenor, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que personal de enfermería encargado de brindar vigilancia estrecha a la madre durante su trabajo de parto, incurrió en negligencia al no tener apego personalizado y continuo de las condiciones de la paciente.
Asimismo, dicha negligencia tuvo como consecuencia un manejo inoportuno de la posición en la que se encontraba el producto dentro del vientre, y se pasara inadvertido el momento en el que iniciarion las complicaciones del parto. De igual forma, la CNDH instó a no pasar por alto que la neonata fue privada de su derecho a la protección de la salud al más alto nivel posible, dada su condición de vulnerabilidad y en apego al principio del interés superior de la niñez.
Al respecto, la organización defensora de los derechos humanos solicitó al ISSSTE que se proceda a la inmediata reparación integral del daño ocasionado, considerando para ello una compensación justa en términos de la Ley General de Víctimas.
Adicionalmente, instaron a la dependencia a otorgar atención médica, psicológica y tanatológica que requiera la víctima, la cual deberá brindarse de manera gratuita, accesible e inmediata. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió colaboración con el Órgano Interno de Control en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que se presente en contra de las personas servidoras públicas señaladas, para que se investiguen y sancionen conductas señaladas como violatorias de derechos humanos.
Finalmente, las autoridades del ISSSTE deberán diseñar e impartir un curso de capacitación y formación en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho a la protección de la salud y a la correcta aplicación de las Normas Oficiales Mexicanas y las Guías de Práctica Clínica.
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