
Según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) de enero a abril de 2022 en México se ha registrado un total de 319 presuntas víctimas de feminicidio. El Estado de México (53), Nuevo León (34), Veracruz (33) y la Ciudad de México (19) son las entidades que encabezan esta lista.
Si bien este delito ha figurado con mayor frecuencia en la opinión pública en años recientes, es una expresión de violencia contra las mujeres cuya definición y tipificación en los códigos penales ha resultado un reto a lo largo de varias décadas.

El origen de la palabra “feminicidio” se remonta, de acuerdo con los registros disponibles, a un libro publicado en 1801 en el Reino Unido: A Satirical View of London at the Commencement of the Nineteenth Century (”Una visión satírica de Londres a principios del siglo XIX” en español). Su autor, John Corry, fue el primero en utilizar la palabra “feminicidio” para referirse a la muerte de una mujer.
Posteriormente, en 1827, fue publicado el libro The Confessions of an Unexecuted Femicide (”Confesiones de un femicidio no ejecutado”) en cuyo autor, William MacNish, hablaba acerca de cómo sedujo, embarazó, abandonó y asesinó a una joven.
Ya en el siglo XX, durante el Primer Tribunal de Crímenes contra la Mujer, celebrado en 1976 en Bruselas, Bélgica, la activista feminista de origen sudafricano Diana Russell expuso una serie de reflexiones que ayudaron a acotar el significado de “femicidio”.
En dicho encuentro, Russell aseguró que “el femicidio representa el extremo de un continuum de terror anti-femenino” y habló de las múltiples violencias en las que se podía manifestar el odio contra las mujeres, desde abusos verbales hasta violaciones, tortura, acoso sexual, golpizas y mutilación genital, entre otros. “Siempre que estas formas de terrorismo resultan en muerte, se transforman en femicidio”, aseveró.

Más tarde, en 1990, Russell definió, en conjunto con la catedrática Jane Caputi, al “femicidio” como la muerte de mujeres ejecutada por hombres “motivada por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad”. Dicha conceptualización fue publicada en su artículo Speaking the unspeakable de 1990.
Patricia Olamendi, feminista y doctora en Derecho originaria de Puebla, explica en su libro Feminicidio en México que el término fue acogido en América Latina por Marcela Lagarde, política, académica y antropóloga mexicana, quien hizo la distinción entre “feminicidio” y “femicidio”. Bajo su postura, el primero implica el asesinato de mujeres en donde tiene responsabilidad el Estado por la cantidad de casos impunes, mientras el segundo únicamente era el asesinato de mujeres.
Esta distinción marcó la pauta para entender el feminicidio como un asunto que no ocurre únicamente en la esfera privada ni es responsabilidad sólo de los individuos que lo perpetran, sino que implica un problema social, estructural y político “resultado de las relaciones estructurales de poder, dominación y privilegio entre los hombres y las mujeres en la sociedad”, en palabras de Olamendi.
El pasado 14 de junio se cumplieron 10 años de la incorporación del delito de feminicidio al Código Penal Federal, hecho que contribuyó a la definición de las razones de género a considerar para determinar si el asesinato de una mujer puede ser considerado como feminicidio.
Cabe mencionar que la primera entidad en incluir este delito en su Código Penal fue el Estado de México, en 2011. Para 2017, de acuerdo con información del Instituto Nacional de las Mujeres, todos los estados del país ya habían clasificado al feminicidio como delito.
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