Uno de los principales requisitos y más importantes para evitar problemas futuros con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es tener correctamente registrado el domicilio fiscal. En ese sentido, en este espacio digital revelaremos cuáles son los pasos para cambiarlo en caso de ser necesario.
Se trata de uno de los trámites más sencillos que se pueden ejecutar desde la comodidad de su hogar o cualquier parte que desee, pues todo el proceso es por internet. El proceso lo pueden realizar tanto personas físicas como morales que se encuentren inscritas en el Registro Federal del Contribuyente (RFC).
Lo ideal será realizar el proceso al menos 10 días después de que hayas cambiado de domicilio.
¿Cómo hacer el cambio?
*El interesado podrá acceder a la siguiente plataforma de internet. Aquí
*Registrar datos de su e-firma
*Luego deberá confirmar en el formulario que se despliega, la información del domicilio que se va a actualizar.
*Confirmar también los datos capturados para que se genere el “aviso de actualización o modificación de situación fiscal” y seleccione el botón “confirmar”.
*Concluya el aviso registrando nuevamente los datos de su e.firma y tendrá que enviarlo al SAT. Imprime el acuse de actualización de situación fiscal.
¿Cuáles son los motivos por los que no se podría solicitar la modificación por internet?
Será importante detallar que, las personas físicas que se encuentren en Suspensión por defunción, así como aquellas que no hayan proporcionado la información suficiente relacionada con su identidad, domicilio y en general sobre su situación fiscal, no pueden realizar el cambio de domicilio por Internet, debiendo presentarlo en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente.
En tanto, el Servicio de Administración Tributaria destacó que al realizar el trámite, se obtendrán otros documentos como son:
-Aviso de actualización o modificación de situación fiscal, que contiene resumen de datos del contribuyente, ubicación y tipo de aviso presentado.
-Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, que contiene número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, datos de identificación del representante legal, sello digital y código de barras bidimensional (QR).
-Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal (No terminado), en caso de que, al realizar el trámite, no se finalice su captura.
-Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se terminó el trámite, lo anterior en caso de que la documentación requerida para el trámite se presente incompleta o no se reúnan los requisitos.
En caso de tener revisión de auditoría, también podrá solicitar el cambio de domicilio, siempre y cuando presente el aviso con cinco días de anticipación y no se haya notificado la resolución de la revisión.
Otro de los trámites que se colocan como importantes es presentar la constancia de situación fiscal, un documento que requieren para emitir la factura. Es como un acta de nacimiento que contiene todos los datos de identificación, ubicación y obligaciones fiscales del ciudadano.
La constancia también muestra el RFC, datos de la persona física o moral, así como el régimen fiscal. La buena noticia es que para solicitarla existen hasta 4 maneras de hacerlo, entre ellas la presencial.
Hay que recordar que, la entrega del documento no debe ser condicionada por ningún servidor del SAT por presuntos adeudos o verificación física del domicilio del contribuyente. En caso de ser testigos podrán denunciar al siguiente número telefónico: 55 88 52 22 22 o al correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx.
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