Bonilla o Novelo: de nuevo, Olga Sánchez Cordero, explicó la situación del ex gobernador

La Sala Regional Guadalajara del TEPJF instruyó el retiro de Jaime Bonilla, ex gobernador de Baja California, del Senado de la República

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El lugar en el Senado de Jaime Bonilla Valdez sigue en vilo durante el periodo de receso (Foto: Cuartoscuro)
El lugar en el Senado de Jaime Bonilla Valdez sigue en vilo durante el periodo de receso (Foto: Cuartoscuro)

Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Mesa Directiva del Senado de la República, volvió a explicar la situación jurídica en lo referente al lugar de Jaime Bonilla en el Senado de la República, esto porque Gerardo Novelo, su suplente, no fue llamado a participar en la Comisión Permanente.

Durante una breve declaración a medios de comunicación, la también presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente explicó que el puesto de Bonilla Váldez es tema que ocupa al Senado de la República y que, desde su puesto como presidenta del Senado, ya notificó a los órganos de gobierno.

Y es que la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Jaime Bonilla, ex gobernador de Baja California, no puede recuperar su curul en la Cámara de Senadores porque perdió el derecho al curul al aceptar el ejecutivo local de dicha entidad, por lo que la presidenta del Senado tuvo que actuar en consecuencia a dicho dictamen.

La presidenta del Senado explicó los tecnicismos sobre la situación

Bajo esa lógica, explicó que ella no incurrió en desacato, pues actuó conforme a derecho; sin embargo, esto fue difícil de comprender para algunos miembros de la prensa que exigieron una explicación mayor. Al respecto ella abundó que la Comisión Permanente y el Senado de la República son organismos independientes que atienden a diferentes competencias.

“Lo que tuve que hacer como presidenta de la Mesa Directiva del Senado, con una cachucha distinta a la presidencia de la Comisión Permanente, es informar a los órganos de gobierno de que fuimos notificados, recibimos la sentencia de la Sala Regional”

Asimismo, aclaró que no mandó a llamar a Novelo Osuna hasta que esta situación no quede resuelta y quien tiene la competencia para resolver es el Senado, no la Permanente, pero como el Senado está en receso, no se puede resolver la situación, por lo que la laguna que existe respecto al lugar de Bonilla en el Senado seguirá hasta que sesione la Cámara Alta.

“Es responsabilidad del Senado de la República, no de la Comisión Permanente”, reiteró. Posteriormente especificó que el actuar del legislativo federal será en ese sentido, porque la notificación de la Sala Regional fue dirigida al Senado y no a la Permanente, por lo que será hasta que el Senado entre en sesión cuando se defina la permanencia de Jaime Bonilla.

Olga Sánchez explicó por qué no se puede definir la permanencia de Bonilla en el Senado aún (Foto: Cuartoscuro)
Olga Sánchez explicó por qué no se puede definir la permanencia de Bonilla en el Senado aún (Foto: Cuartoscuro)

¿Por qué el Congreso actuó de esta manera?

Para entender la lógica planteada por Sánchez Cordero se debe de entender la composición del poder legislativo federal. En primer lugar, se establece la creación de las Cámaras Legislativas: Diputados y Senadores, las cuales tienen dos periodos de sesiones ordinarias, en donde tienen funciones parlamentarias y de modificar reglamentos, leyes y la Constitución.

Aunado a esto, existen periodos de receso, en el que ni los 500 diputados ni los 128 senadores ejercen, por lo que el Congreso de la Unión implementa la Comisión Permanente, la cual se integra por 37 legisladores (19 diputados y 18 senadores); sin embargo, aunque la Permanente puede tener funciones parlamentarias, no puede hacer modificaciones a leyes ni a la Carta Magna.

Entonces, aunque Olga Sánchez Cordero presida tanto la Permanente como el Senado, sólo hasta que el Senado entre en periodo ordinario de sesiones, éste tendrá articulados los organismos de gobierno para poder acatar la determinación de la Sala Regional del TEPJF; sin embargo, cabe destacar que esta determinación podría ser revertida por la Sala Superior del mismo Tribunal Electoral.

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