Tras la consulta de Revocación de Mandato, muchas lecturas se han dado sobre este suceso en el panorama político mexicano; sin embargo, una de ellas destacó entre todas y fue la del titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez Álvarez.
Y es que el exdiputado federal del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) aseguró que millones de mexicanos podrían enfrentar sanciones por abstenerse de votar en el ejercicio de democracia directa al que se sometió el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Por medio de su cuenta oficial de Twitter, el funcionario expresó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que el voto es una obligación, por lo que podría haber sanciones político-electorales.
Sin embargo, no fue lo único, pues culpó directamente al Instituto Nacional Electoral (INE) de no informar correctamente a la población sobre la obligatoriedad de participar en la consulta debido a que los señaló de estar en contra del mismo.
“La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La ‘autoridad electoral’ nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento”
Pese al posicionamiento del morenista, organizaciones internacionales de análisis político como El Orden Mundial (EOM) colocan a México con un país donde sí es obligatorio el sufragio, pero no se aplican sanciones.
Aunado a lo anterior, alrededor del mundo sí existen naciones donde el voto representa una obligación y, en caso de que algún ciudadano decida no ejercerlo, las legislaciones establecen algunas sanciones con el fin de evitar la repetición de esas conductas.
Hasta el día de hoy se tienen contabilizados 27 Estados que han marcado como una obligación que la ciudadanía participe activamente en cada proceso electoral que se organiza.
Tales son: Argentina, Australia, Bélgica, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Corea del Norte, Costa Rica, República Democrática del Congo, Ecuador, Egipto, Gabón, Gracia, Honduras, Líbano, Libia, Liechtenstein, Luxemburgo, México, Nauru, Panamá, Paraguay, Perú, Singapur, Tailandia, Turquía y Uruguay.
Como se puede observar en la lista anterior, algunos países latinos encabezan a las naciones que establecieron esta medida durante los procesos electorales, entre las que destacan las faltas económicas.
Por ejemplo en Argentina, el Código Electoral Nacional establece que “se impondrá una multa de entre 50 a 500 pesos (es decir, 8.84 a 88 pesos mexicanos) al elector mayor de 18 y menor de 70 año que deje de emitir su voto y no justifique ante la justicia nacional electoral, dentro de los 60 días de la respectiva elección”.
Por otra parte, en Brasil el Código Penal y el Electoral establece que la multa será entre el 3 al 10% del salario mínimo según la región.
En tanto, en Perú la multa por abstenerse de participar depende de la zona en que se localice la persona, puesto que la diferenciación de distritos entre No Pobre, Pobre o Pobre Extremo modifica los costos que van desde los 21.5 a los 86 soles (de los 115 a 460 pesos mexicanos).
Otro país que entra en esta lista es Uruguay, pues la Ley Reglamenta Obligatoriedad del Voto establece que que la multa puede ir desde 500 a 2 mil pesos uruguayos (lo que equivale entre 242 a los 968 pesos mexicanos).
Por último, el caso de Costa Rica es muy similar al de México, porque aunque se establece como un deber el sufragio, tampoco se aplican sanciones a la ciudadanía que decida no ejercerlo.
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